REGLAMENTO DE SEGURIDAD MINERA ... - Sernageomin
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Recopilación de Reglamentos en Seguridad Minera<br />
CAPÍTULO SEGUNDO<br />
Fundiciones – Refinación<br />
Artículo 328<br />
Para los efectos de este Reglamento se entenderá por fundición, al conjunto de instalaciones,<br />
infraestructura y procesos que hacen posible la fusión y conversión de las sustancias minerales por<br />
la vía pirometalúrgica, tendientes a lograr su máxima pureza como elemento metálico.<br />
Artículo 329<br />
La Administración de la Fundición deberá presentar al Servicio, para su aprobación, un “Programa<br />
de Mejoramiento del Ambiente de Trabajo” donde se considere la disminución gradual de los<br />
contaminantes químicos en los lugares de trabajo. Especialmente se deberá estudiar al Arsénico<br />
y sus compuestos donde dicho programa deberá considerar su disminución gradual, cumpliendo<br />
con el Límite Permisible Ponderado de 0,16 mgr. /m3 de aire. El Servicio tendrá un plazo de sesenta<br />
(60) días para responder la solicitud, desde la fecha de presentación de ella en la Oficina de Parte.<br />
Artículo 330<br />
El administrador de la faena deberá confeccionar un reglamento general de las operaciones que se<br />
ejecutan en una fundición, el que deberá ser presentado al Servicio para su revisión y aprobación.<br />
El Servicio tendrá un plazo de treinta (30) días para responder la solicitud, desde la fecha de<br />
presentación de ella en la Oficina de Parte.<br />
Sin perjuicio de lo anterior y de acuerdo al inventario crítico, todos los trabajos que se realicen en<br />
una fundición deberán contar con un procedimiento secuencial del desarrollo de las tareas, cuyos<br />
contenidos deberán ser ampliamente difundidos al personal que trabaja en estas actividades.<br />
Especial atención se deberá otorgar a los equipos de levante, grúas, estructuras, cables, cadenas y<br />
similares que deberán ser sometidos a revisiones periódicas por parte de personal calificado.<br />
Artículo 331<br />
Los metales fundidos, matas o escorias se vaciarán solamente en moldes y recipientes secos y<br />
acondicionados para tal efecto, los cuales deben estar en buenas condiciones de operación.<br />
Artículo 332<br />
En toda fundición, se deberá contar con procedimientos de emergencia que permitan mantener<br />
bajo control, eventuales contingencias como incendios, derrames, inundaciones, fallas imprevistas<br />
de equipos u otras. Dicho procedimiento debe contemplar la implementación de las siguientes<br />
medidas:<br />
a) Sistemas de comunicación y alarmas.<br />
b) Areas y lugares de evacuación o refugios para el personal.