DOCUMENTOS DISCIPLINARES Y NORMATIVOS VIGENTES
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OFICINA DE PASTORAL - ARZOBISPADO DE LIMA<br />
lares o profanas, que aunque puedan ser significativas para quienes los contratan, por<br />
evocar el recuerdo de un familiar, no son propiamente litúrgicas. Es necesario recordar<br />
que no basta que la letra haya sido “cambiada” o “retocada” para convertir en sagrada una<br />
composición que es claramente secular.<br />
En ocasiones los sacerdotes permiten que los coros entonen este tipo de canciones antes<br />
o después de la celebración litúrgica, olvidando que la iglesia es un lugar sagrado donde<br />
mora el Santísimo Sacramento y consagrada para el culto a Dios.<br />
Corresponde a los sacerdotes celebrantes, y de manera particular a los párrocos, aprobar<br />
los cantos que se entonarán en cada celebración, velando para que sean apropiados, de<br />
acuerdo a los tiempos litúrgicos y al carácter sagrado de la celebración.<br />
Recientemente, en un discurso dirigido al Instituto Litúrgico Pontificio San Anselmo, el<br />
Santo Padre recordaba algunos criterios a tener en cuenta al seleccionar la música litúrgica<br />
en las celebraciones: “El sentido de la oración, de la dignidad y de la belleza; la plena<br />
adhesión a los textos y a los gestos litúrgicos; la participación de la asamblea y, por tanto,<br />
la legítima adaptación a la cultura local, conservando al mismo tiempo la universalidad<br />
del lenguaje; la primacía del canto gregoriano, como modelo supremo de música sacra,<br />
y la sabia valoración de las demás formas expresivas, que forman parte del patrimonio<br />
histórico-litúrgico de la Iglesia, especialmente, pero no sólo, la polifonía; la importancia<br />
de la schola cantorum, en particular en las iglesias catedrales.” (Discurso al Instituto litúrgico<br />
pontificio San Anselmo, 6-05-2011).<br />
b) En algunas ocasiones los coros seleccionan cantos que no van de acuerdo con el tiempo<br />
litúrgico ni con la naturaleza de la acción sagrada que se va a celebrar. También es frecuente<br />
que al entonar el Kyrie, el Gloria, el Credo, el Santo, el Padrenuestro o el Cordero<br />
de Dios, no se siga con fidelidad la letra de los textos originales del Ordinario de la Misa,<br />
distorsionando el sentido de los mismos. En ocasiones durante ciertos momentos de la<br />
celebración se entonan cantos de prolongada duración que entorpecen el ritmo de la celebración<br />
litúrgica y opacan otros ritos más importantes. (por ejm. el saludo de la paz que<br />
opaca el rezo del Cordero de Dios).<br />
Cuando se opta por cantar el Kyrie, el Gloria, el Credo, el Santo, el Padrenuestro o el Cordero<br />
de Dios, se debe respetar la letra propia de estos ritos de acuerdo al Misal Romano,<br />
evitando supeditar el texto a la melodía del canto.<br />
“Debe tenerse gran respeto a los textos compuestos por la Iglesia. A nadie le está permitido<br />
cambiar, sustituir, quitar o añadir algo a su arbitrio” Sagrada Congregación de Ritos,<br />
Instrucción Liturgicae Instaurationis, 05-09-70.<br />
c) Es común también que se cambie el Salmo que corresponde por cualquier otro Salmo<br />
o incluso que sea reemplazado por otra canción.<br />
El Salmo es Palabra de Dios y forma parte de la Liturgia de la Palabra. Se debe respetar<br />
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