DOCUMENTOS DISCIPLINARES Y NORMATIVOS VIGENTES
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OFICINA DE PASTORAL - ARZOBISPADO DE LIMA<br />
sí pueden escuchar confesiones en el mismo lugar donde se celebra Eucaristía. Esto debe<br />
hacerse de manera adecuada (76).<br />
- La celebración de la Misa no puede ser intercalada como añadido a una cena común,<br />
ni unirse con cualquier tipo de banquete. No se debe celebrar la Misa, a no ser por grave<br />
necesidad, sobre una mesa de comedor, o en el comedor, o en el lugar que será utilizado<br />
para un convite, ni en cualquier sala donde haya alimentos. Los participantes en la Misa<br />
tampoco se sentarán en la mesa, durante la celebración (77).<br />
- No está permitido relacionar la celebración de la Misa con acontecimientos políticos o<br />
mundanos, o con otros elementos que no concuerden plenamente con el Magisterio (78).<br />
- No se debe celebrar la Misa por el simple deseo de ostentación o celebrarla según el<br />
estilo de otras ceremonias, especialmente profanas (78).<br />
- No se debe introducir ritos tomados de otras religiones en la celebración de la Misa<br />
(79).<br />
CAPÍTULO IV<br />
La Sagrada Comunión<br />
1. Las Disposiciones para recibir la Sagrada Comunión.<br />
(Ver Arzobispado de Lima “Circulares, Mensajes y Documentos —2003”, Comunión en la Mano o en la Lengua y<br />
Manera de Distribuir y Recibir la Comunión, pp. 52-56.)<br />
- Si se tiene conciencia de estar en pecado grave, no se debe celebrar ni comulgar sin<br />
acudir antes a la confesión sacramental, a no ser que concurra un motivo grave y no haya<br />
oportunidad de confesarse. En este caso se está obligado a hacer un acto de contrición<br />
perfecta, que incluye el propósito de confesarse cuanto antes (81).<br />
- Debe vigilarse para que no se acerquen a la sagrada Comunión, por ignorancia, los no<br />
católicos o, incluso, los no cristianos (84).<br />
- Los ministros católicos administran lícitamente los sacramentos, sólo a los fieles católicos,<br />
los cuales, igualmente, los reciben lícitamente sólo de ministros católicos, salvo lo<br />
que se prescribe en el canon 844 §§ 2,3 y 4; y en el canon 861 § 2 (85).<br />
- Los fieles deben ser guiados con insistencia hacia la costumbre de participar en el<br />
sacramento de la Penitencia, fuera de la celebración de la Misa, especialmente en horas<br />
establecidas. Los que frecuente o diariamente suelen comulgar, sean instruidos para que<br />
se acerquen al sacramento de la Penitencia cada cierto tiempo (86).<br />
- La primera Comunión de los Niños debe estar siempre precedida de la confesión y<br />
absolución sacramental. La primera Comunión siempre debe ser administrada por un<br />
sacerdote y nunca fuera de la celebración de la Misa (87).<br />
2. La Distribución de la Sagrada Comunión<br />
- El sacerdote no debe proseguir la Misa hasta que haya terminado la Comunión de los<br />
fieles (88).<br />
- Sólo donde la necesidad lo requiera, los ministros extraordinarios de la sagrada comu-<br />
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