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DOCUMENTOS DISCIPLINARES Y NORMATIVOS VIGENTES

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ARZPASTORAL /2005<br />

OFICINA DE PASTORAL - ARZOBISPADO DE LIMA<br />

Lima, 01 de noviembre de 2005<br />

NORMAS BÁSICAS PARA LA CONSTRUCCIÓN<br />

DE TEMPLOS U OTROS LUGARES DE<br />

EVANGELIZACIÓN Y CULTO PÚBLICO<br />

DE LA ARQUIDIÓCESIS DE LIMA<br />

I. CRITERIOS GENERALES<br />

1. La Iglesia tradicionalmente ha anunciado el evangelio y desarrollado el culto divino de las<br />

más variadas maneras, valiéndose también de las artes arquitectónicas al diseñar y construir los<br />

templos y otros lugares sagrados.<br />

2. La construcción de nuevas iglesias ha sido siempre un asunto de primera importancia para la<br />

comunidad cristiana, y lo es sobre todo en nuestros días puesto que las formas y las funciones<br />

del espacio litúrgico requieren ser realizadas en base a la reforma querida por el Concilio Vaticano<br />

II y la vida de fe de las comunidades eclesiales que celebran el Misterio de Cristo.<br />

3. El Concilio Vaticano II destacó la dignidad del arte sagrado y recordó la responsabilidad de<br />

la jerarquía de la Iglesia de orientar a los artistas en la ejecución y conservación de las obras<br />

de arte religioso y sagrado, sean bienes muebles o inmuebles (cfr. Constitución Sacrosanctum<br />

Concilium, 122¬129).<br />

4. El mismo Concilio recordó que la Iglesia nunca consideró como propio estilo artístico alguno,<br />

sino que, acomodándose al carácter y las condiciones de los pueblos, procuró con especial<br />

interés que los lugares sagrados sirvieran al esplendor del culto con dignidad y belleza, aceptando<br />

los cambios de materia, forma y ornato que el progreso de la técnica y de la misma liturgia<br />

introdujeron con el correr del tiempo (cfr. Constitución Sacrosanctum Concilium, 122-123).<br />

5. Con motivo del Gran Jubileo del Año Santo 2000, S.S. Juan Pablo II afirmó que la nueva<br />

evangelización exige un renovado compromiso en el culto litúrgico, de modo que, además<br />

de su intrínseco valor estético, los monumentos de arte sagrado deben poseer también valor<br />

catequístico y cultual (cfr. Discurso a la Asamblea Plenaria de la Comisión Pontificia para los<br />

Bienes Culturales de la Iglesia, 31.III.2000, n° 5).<br />

6. Por eso, al evaluar la posible construcción de templos, iglesias u otras estructuras para la<br />

evangelización y el culto público, es preciso tener en cuenta tanto las necesidades prácticas de<br />

la comunidad cristiana como la finalidad litúrgica o catequética de los espacios a construirse y<br />

los medios con los que se cuenta para ello.<br />

II. COMISIÓN CONSULTIVA<br />

7. Con la finalidad de ayudar a los sacerdotes y agentes pastorales responsables de las edifica-<br />

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