DOCUMENTOS DISCIPLINARES Y NORMATIVOS VIGENTES
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ARZPASTORAL /2005<br />
OFICINA DE PASTORAL - ARZOBISPADO DE LIMA<br />
Lima, 01 de noviembre de 2005<br />
NORMAS BÁSICAS PARA LA CONSTRUCCIÓN<br />
DE TEMPLOS U OTROS LUGARES DE<br />
EVANGELIZACIÓN Y CULTO PÚBLICO<br />
DE LA ARQUIDIÓCESIS DE LIMA<br />
I. CRITERIOS GENERALES<br />
1. La Iglesia tradicionalmente ha anunciado el evangelio y desarrollado el culto divino de las<br />
más variadas maneras, valiéndose también de las artes arquitectónicas al diseñar y construir los<br />
templos y otros lugares sagrados.<br />
2. La construcción de nuevas iglesias ha sido siempre un asunto de primera importancia para la<br />
comunidad cristiana, y lo es sobre todo en nuestros días puesto que las formas y las funciones<br />
del espacio litúrgico requieren ser realizadas en base a la reforma querida por el Concilio Vaticano<br />
II y la vida de fe de las comunidades eclesiales que celebran el Misterio de Cristo.<br />
3. El Concilio Vaticano II destacó la dignidad del arte sagrado y recordó la responsabilidad de<br />
la jerarquía de la Iglesia de orientar a los artistas en la ejecución y conservación de las obras<br />
de arte religioso y sagrado, sean bienes muebles o inmuebles (cfr. Constitución Sacrosanctum<br />
Concilium, 122¬129).<br />
4. El mismo Concilio recordó que la Iglesia nunca consideró como propio estilo artístico alguno,<br />
sino que, acomodándose al carácter y las condiciones de los pueblos, procuró con especial<br />
interés que los lugares sagrados sirvieran al esplendor del culto con dignidad y belleza, aceptando<br />
los cambios de materia, forma y ornato que el progreso de la técnica y de la misma liturgia<br />
introdujeron con el correr del tiempo (cfr. Constitución Sacrosanctum Concilium, 122-123).<br />
5. Con motivo del Gran Jubileo del Año Santo 2000, S.S. Juan Pablo II afirmó que la nueva<br />
evangelización exige un renovado compromiso en el culto litúrgico, de modo que, además<br />
de su intrínseco valor estético, los monumentos de arte sagrado deben poseer también valor<br />
catequístico y cultual (cfr. Discurso a la Asamblea Plenaria de la Comisión Pontificia para los<br />
Bienes Culturales de la Iglesia, 31.III.2000, n° 5).<br />
6. Por eso, al evaluar la posible construcción de templos, iglesias u otras estructuras para la<br />
evangelización y el culto público, es preciso tener en cuenta tanto las necesidades prácticas de<br />
la comunidad cristiana como la finalidad litúrgica o catequética de los espacios a construirse y<br />
los medios con los que se cuenta para ello.<br />
II. COMISIÓN CONSULTIVA<br />
7. Con la finalidad de ayudar a los sacerdotes y agentes pastorales responsables de las edifica-<br />
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