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Decimosexto informe AnuAl DefensoríA Pueblo

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<strong>Decimosexto</strong> Informe Anual de la Defensoría del <strong>Pueblo</strong><br />

Público Especializado en Materia Constitucional del Minjus, 226 con<br />

el fin de contribuir a que el magistrado constitucional cuente con<br />

criterios técnico-jurídicos para resolver el caso. En ese sentido, dejamos<br />

constancia de que la decisión de la Sala Penal Permanente constituía<br />

un grave retroceso en el juzgamiento de violaciones a los derechos<br />

humanos, pues desconocía, además, los precedentes jurisprudenciales<br />

de la propia Corte Suprema y la Corte IDH en casos similares.<br />

Posteriormente, la Corte IDH, en ejercicio de su labor de seguimiento<br />

del Caso Barrios Altos vs. Perú, cuestionó la referida resolución y señaló<br />

que, con ella, el Estado Peruano no estaba cumpliendo con el deber de<br />

investigar los hechos. 227<br />

En atención a ello, el 27 de septiembre la resolución suprema fue<br />

anulada por la propia Sala Penal Permanente de la Corte Suprema, con<br />

lo cual el proceso de amparo concluyó por sustracción de la materia. 228<br />

2.11. Identidad<br />

El derecho a la identidad es un presupuesto indispensable para el ejercicio de<br />

otros derechos fundamentales. La documentación, que es correlato de este derecho,<br />

otorga carácter legal a la existencia de las personas y funda, así, el primer<br />

vínculo entre el Estado y su población.<br />

La indocumentación, por el contrario, constituye un problema de exclusión<br />

social que afecta a las poblaciones más vulnerables, pues las sitúa en una situación<br />

de invisibilidad respecto de las políticas públicas.<br />

Por ejemplo, tanto la Ley del Presupuesto Público para el año fiscal 2011<br />

como las del 2012, 229 establecen que la selección de nuevos usuarios y nuevas<br />

usuarias en todos los programas sociales se debe realizar previa identificación de<br />

las personas con sus respectivos documentos nacionales de identidad (DNI), así<br />

226 La demanda del Minjus fue presentada ante el Séptimo Juzgado Constitucional de Lima, el 24 de julio.<br />

En ella se alegó la vulneración de los derechos fundamentales a la verdad, a la igualdad en la aplicación<br />

de la ley y a la debida motivación de las resoluciones judiciales. La demanda se encuentra disponible en el<br />

portal web del Minjus: http://www.minjus.gob.pe/slide-view/presentan-accion-de-amparo-contra-falloque-reduce-con<br />

dena-a-integrantes-del-grupo-colina/<br />

227 Cfr. corte idH. Resolución en el caso Barrios Altos vs. Perú. Cumplimiento de sentencia, 7 de septiem-<br />

bre de 2012.<br />

228 Cfr. http://historico.pj.gob.pe/CorteSuprema/documentos/RN_4104_2010.pdf<br />

229 Publicada en El Peruano el 9 de diciembre del 2010.

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