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Decimosexto informe AnuAl DefensoríA Pueblo

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<strong>Decimosexto</strong> Informe Anual de la Defensoría del <strong>Pueblo</strong><br />

2. Informe presentado ante el Quincuagésimo Juzgado Penal de la<br />

Corte Superior de Justicia de Lima, en el proceso penal por delito<br />

de revelación de secretos nacionales seguido contra la ciudadana<br />

Gina Elizabeth Sandoval Cervantes.<br />

El 16 de mayo de 2012, el ciudadano Fritz Du Bois Freund, Director del diario<br />

Perú 21, solicitó nuestra intervención ante la presunta vulneración del derecho a<br />

la libertad personal de la señora Gina Sandoval, por considerar que el mandato<br />

de detención dictado en su contra (por el presunto delito de revelación de secretos<br />

nacionales), estaba insuficientemente motivado. En la Resolución N° 1, del 4 de<br />

mayo de 2012, se dispuso iniciar un proceso penal por el delito de revelación de<br />

secretos nacionales con mandato de detención contra la señora Sandoval.<br />

Al respecto, nuestra institución remitió el Informe de Adjuntía N° 002-2012-<br />

AAC, al Quincuagésimo Juzgado Penal de Lima con el propósito de que se revalúe<br />

el citado mandato de detención, de modo que este se ajuste al artículo 135° del<br />

Código Procesal Penal de 1991, el cual establece que la resolución judicial que<br />

dispone la prisión preventiva exige la justificación de tres aspectos: a) la suficiencia<br />

probatoria, b) la prognosis de pena superior a cuatro años: y, c) el peligro procesal.<br />

Estos requisitos deben concurrir, de manera simultánea, siendo el más importante<br />

—siguiendo al Tribunal Constitucional— el peligro procesal.<br />

Finalmente, mediante resolución del 21 de mayo de 2012, se declaró procedente<br />

la solicitud de variación de detención por el de comparecencia restringida.<br />

3. Informe presentado ante la Quinta Sala Contencioso-Administrativa<br />

de la Corte Superior de Justicia de Lima, en el proceso contencioso<br />

administrativo seguido por el señor Freddy Benedicto Canales<br />

Jiménez, al impugnar la sentencia emitida por el Séptimo Juzgado<br />

Transitorio Especializado en el proceso de ineficacia de la resolución<br />

administrativa.<br />

El señor Canales Jiménez solicitó nuestra intervención por la presunta vulneración<br />

de sus derechos fundamentales por parte de los Procuradores del Ministerio del<br />

Interior y de la Policía Nacional del Perú al impugnar la sentencia emitida por el<br />

Séptimo Juzgado Transitorio.<br />

Cabe señalar que, en el 2008, el recurrente había solicitado nuestra intervención<br />

en el proceso contencioso-administrativo que él inició para que el órgano<br />

jurisdiccional disponga su inclusión como beneficiario de la Ley N° 28805, Ley<br />

que autoriza la reincorporación de los Oficiales, Técnicos y Suboficiales de las<br />

Fuerzas Armadas y de la Policía Nacional del Perú, pues la Comisión Especial<br />

del Ministerio del Interior designada para aplicar dicha Ley lo excluyó de dichos<br />

beneficios con el único fundamento de que contaba, como antecedente judicial, con

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