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Decimosexto informe AnuAl DefensoríA Pueblo

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Capítulo 2. Intervenciones defensoriales en temas relevantes—2012 153<br />

La institución ha constatado deficiencias en el servicio de transporte de<br />

pasajeros en los ámbitos interprovincial y urbano, las cuales han ameritado un<br />

llamado de atención a las autoridades por el alto índice de accidentes, heridos<br />

y fallecidos en las carreteras y vías de nuestro país. Entre las deficiencias en cuestión<br />

podemos enumerar la falta de mantenimiento de las carrreteras, la falta de<br />

sus pensión del uso y la vigencia del Soat (especialmente por las Afocat), el desplazamiento<br />

de menores de edad sin DNI o sin autorización de sus padres, etc.<br />

Asimismo, se ha puesto en evidencia que existen diversos problemas en el<br />

ejercicio de las funciones de supervisión y fiscalización por parte de los organismos<br />

reguladores y de las autoridades competentes, formulando diversas recomendaciones<br />

para proteger los derechos de los ciudadanos. Entre los principales<br />

problemas podemos mencionar: la limitada cobertura de la Sutran para realizar<br />

supervisiones a nivel nacional, así como la escasa articulación con los gobiernos<br />

regionales para cooperar con estas tareas.<br />

A continuación presentamos un consolidado de nuestra actuación en esta<br />

materia durante el 2012.<br />

Agua y Saneamiento<br />

Prestación de los servicios de agua y alcantarillado<br />

Aún existen restricciones para aplicar íntegramente el Reglamento de la Calidad<br />

del Agua para Consumo Humano, 306 debido a que el Ministerio de Salud (Minsa)<br />

tiene pendiente la aprobación de varios instrumentos normativos relacionados con<br />

la formulación y la aplicación del Plan de Control de Calidad (PCC) por parte de<br />

los proveedores de agua para consumo humano, así como los requisitos sanitarios<br />

de las instalaciones físicas, de los componentes hidráulicos de los sistemas de abastecimiento<br />

y de las plantas de tratamiento de agua, entre otros.<br />

Para la implementación de este reglamento se requiere, además, que la autoridad<br />

de salud cuente con facultades para la aplicación de sanciones efectivas,<br />

en especial en aquellas zonas del país donde no se cumple con el tratamiento del<br />

agua para las poblaciones, así como en las zonas rurales, donde la gestión y la<br />

supervisión de los sistemas de agua es escasa o inclusive nula.<br />

Por su parte, la Superintendencia Nacional de Servicios de Saneamiento<br />

(Sunass) ha realizado avances para garantizar la calidad del agua potable, a partir<br />

de la aprobación de la Resolución del Consejo Directivo N° 015-2012-SUNASS-<br />

306 Aprobado mediante Decreto Supremo N° 031-2010-SA y publicado el 26 de setiembre del 2010 en El<br />

Peruano. La versión electrónica del documento está disponible en: http://www.digesa.minsa.gob.pe/publicaciones/descargas/reglamento_calidad_agua.pdf<br />

(consultado el 26 de abril del 2013).

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