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Consultar - European Agency for Development in Special Needs ...

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− Equilibrio entre la (com)unidad y la diversidad.<br />

La <strong>in</strong>certidumbre a la hora de regular la educación <strong>in</strong>clusiva aumenta<br />

según se hacen esfuerzos para tener en cuenta dist<strong>in</strong>tos valores y<br />

resolver el dilema alrededor de “lo común” (conocer las necesidades<br />

de todos los niños y promover la <strong>in</strong>clusión y aceptación) y la<br />

diferenciación (responder a necesidades <strong>in</strong>dividuales). Así lo<br />

remarca M<strong>in</strong>now (1990): “¿Desde cuándo tratar a las personas de<br />

manera diferente enfatiza sus diferencias y las estigmatiza o señala<br />

por ello? ¿Y desde cuándo tratar a las personas de la misma <strong>for</strong>ma<br />

se ha convertido en <strong>in</strong>sensibilidad hacia sus diferencias, pudiendo<br />

estigmatizarlas o ser señaladas por ello?” (p. 20)<br />

El problema también <strong>in</strong>cide en el <strong>in</strong>terrogante de dónde se debería<br />

enseñar a los alumnos, qué (contenidos curriculares) deben<br />

aprender y cómo (pedagogía) deben ser enseñados. Estas<br />

cuestiones se tratan más en el capítulo 8.<br />

S<strong>in</strong> embargo, debe subrayarse la existencia de un grupo de jóvenes<br />

con necesidades muy complejas que posiblemente siempre<br />

requieran de gran apoyo. En estos casos, el objeto de la educación<br />

<strong>in</strong>clusiva es el de fomentar su <strong>in</strong>dependencia el máximo posible y<br />

asegurar que todos los jóvenes experimenten relaciones personales<br />

satisfactorias, que propicien el desarrollo de redes de apoyo<br />

cercanos.<br />

Refiriéndose a los niños y jóvenes con discapacidad, la Convención<br />

de los Derechos de las Personas con Discapacidad de la ONU da<br />

empuje para abordar el cambio, aunque, si bien, muchos países han<br />

firmado y ratificado la Convención y la propia UE ha firmado la<br />

Convención y el Protocolo Opcional (más <strong>in</strong><strong>for</strong>mación:<br />

http://www.un.org/disabilities/), en la práctica aún existen grandes<br />

diferencias en la <strong>in</strong>terpretación de la “educación <strong>in</strong>clusiva” y lo que<br />

significa a través de Europa.<br />

El artículo 24 de la Convención establece que la educación <strong>in</strong>clusiva<br />

proporciona el mejor ambiente educativo para los niños y nichas con<br />

discapacidad y ayuda a romper barreras y estereotipos. Asimismo,<br />

enfatiza la necesidad de <strong>for</strong>mar a todos los docentes para enseñar<br />

en clases <strong>in</strong>clusivas, una conclusión apoyada por la gran mayoría de<br />

los comunicados europeos, que reconocen la creciente diversidad<br />

en las aulas hoy en día.<br />

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