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Equipamiento - GBCe

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B 06: Producción de energías renovables en la parcela.<br />

Aplicabilidad<br />

Este criterio se aplica en la fase de diseño y construcción de un nuevo edificio y/o ampliación de un edificio<br />

existente.<br />

Objetivo<br />

Promover y premiar la reducción del consumo de energía no renovable a partir de la instalación de sistemas<br />

que permitan la generación de energía mediante fuentes renovables.<br />

El modo de conseguir los objetivos de este criterio pasa por la integración en el edificio o parcela de<br />

sistemas de producción de energía a través de fuentes renovables que excedan las exigencias mínimas<br />

establecidas por el CTE.<br />

Contexto<br />

Existen actualmente diversas tecnologías que permiten el aprovechamiento de las energías renovables para<br />

la producción de calor y frío o electricidad en el edificio o la parcela. Las más utilizadas son los colectores<br />

solares térmicos para el calentamiento de agua; los sistemas de aprovechamiento de biomasa para el<br />

calentamiento del aire o del agua y los paneles fotovoltaicos y turbinas eólicas para la generación de<br />

electricidad. Otras fuentes renovables, de acuerdo con la Directiva 2009/28/CE, son la energía geotérmica,<br />

utilizada directamente o en combinación con bomba de calor, y la aerotermia.<br />

Además de la exigencia básica del CTE‐HE 4 sobre la contribución mínima de la energía solar térmica al ACS<br />

del edificio, la exigencia básica HE 5 establece que en los edificios del sector no residencial, se incorporarán<br />

sistemas de captación y transformación de energía solar en energía eléctrica por procedimientos<br />

fotovoltaicos para uso propio o suministro a la red. Los valores derivados de esta exigencia tendrán la<br />

consideración de mínimos, sin perjuicio de valores más estrictos que puedan ser establecidos por las<br />

administraciones competentes y que contribuyan a la sostenibilidad, atendiendo a las características<br />

propias de su ámbito territorial.<br />

La DIRECTIVA 2009/28/CE relativa al fomento del uso de energía procedente de fuentes renovables<br />

contempla objetivos obligatorios para cada uno de los estados miembros de una contribución del 20% en<br />

2020.<br />

Normativa aplicable<br />

<br />

<br />

CTE‐HE4.<br />

CTE‐HE5.<br />

Procedimiento de evaluación<br />

La evaluación del edificio a través de este criterio se establece por medio del cálculo del porcentaje de<br />

reducción del consumo de energía obtenido por energía renovable aportada sobre el total de los consumos<br />

para el uso del edificio.<br />

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Guía para la Evaluación de Criterios VERDE <strong>Equipamiento</strong> –Energía y atmósfera-

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