ÉTICA PÚBLICA FRENTE A CORRUPCIÓN
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<strong>ÉTICA</strong> <strong>PÚBLICA</strong> <strong>FRENTE</strong> A <strong>CORRUPCIÓN</strong>.<br />
Instrumentos éticos de aplicación práctica<br />
y políticas públicas de transparencia. Según Villalobos García, la primera se<br />
refiere al papel del Estado en establecer mecanismos de control policiales para<br />
prevenir la corrupción y recuperar el buen funcionamiento institucional de<br />
la policía (Villalobos, 2007: 59-62). La segunda, de acuerdo a López Portillo<br />
Vargas y Barrena Nájera (López et al, 2008: 13) y Villalobos García (Villalobos,<br />
2007: 60) hace referencia a la participación ciudadana en el apremio al Estado<br />
para diseñar e implementar políticas públicas de transparencia enfocadas a la<br />
rendición de cuentas, generación de confianza ciudadana, y disminución de<br />
corrupción policial. En este sentido, para ambos temas la literatura es amplia y<br />
extensa (Ayala et al, 1978; López, 2000).<br />
2. Combatiendo la corrupción de Arriba hacia Abajo<br />
En el aspecto legislativo, la concepción clásica del combate a la corrupción en<br />
México se asocia a los instrumentos jurídicos que se proveen al poder ejecutivo<br />
para aplicar la ley. Aquí, apunta Ayala Anguiano y Martí, aun cuando la<br />
creación de leyes contra la corrupción no es algo nuevo, pues desde 1939 se<br />
tiene en México a la Ley de Responsabilidades de Funcionarios y Empleados<br />
de la Federación, estas a través del tiempo se han convertido en leyes del olvido<br />
y por consiguiente en letra muerta (LRFEF, 1978: 23). Leyes van, leyes vienen, y<br />
desde el punto de vista de Ayala Anguiano y Martí (Ayala et al, 1978), de nada<br />
sirve tener las herramientas jurídicas de tipo coactivo y punitivo entregadas<br />
por el legislativo al poder ejecutivo sí poco o nada se hace con su aplicación.<br />
En otros casos, principalmente a nivel estatal y municipal, leyes<br />
creadas para castigar la corrupción en sus diferentes formas son ignoradas<br />
por ser poco aplicables en la práctica. Con este argumento Livas sostiene,<br />
por ejemplo, que el combate a la corrupción en la modalidad de cohecho es<br />
inefectivo pues las leyes inscritas en los Códigos Penales a nivel estatal son<br />
difíciles de aplicar.<br />
Porque la forma en que actualmente se define el cohecho,<br />
tanto el que recibe el dinero como el que lo da, son penalmente<br />
responsables del delito. Esto trae como consecuencia que ambas<br />
personas, tanto autoridad como particular, forman una unidad en<br />
el hecho delictuoso; en cierta forma los hace cómplices. Resultado:<br />
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