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ÉTICA PÚBLICA FRENTE A CORRUPCIÓN

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<strong>ÉTICA</strong> <strong>PÚBLICA</strong> <strong>FRENTE</strong> A <strong>CORRUPCIÓN</strong>.<br />

Instrumentos éticos de aplicación práctica<br />

y políticas públicas de transparencia. Según Villalobos García, la primera se<br />

refiere al papel del Estado en establecer mecanismos de control policiales para<br />

prevenir la corrupción y recuperar el buen funcionamiento institucional de<br />

la policía (Villalobos, 2007: 59-62). La segunda, de acuerdo a López Portillo<br />

Vargas y Barrena Nájera (López et al, 2008: 13) y Villalobos García (Villalobos,<br />

2007: 60) hace referencia a la participación ciudadana en el apremio al Estado<br />

para diseñar e implementar políticas públicas de transparencia enfocadas a la<br />

rendición de cuentas, generación de confianza ciudadana, y disminución de<br />

corrupción policial. En este sentido, para ambos temas la literatura es amplia y<br />

extensa (Ayala et al, 1978; López, 2000).<br />

2. Combatiendo la corrupción de Arriba hacia Abajo<br />

En el aspecto legislativo, la concepción clásica del combate a la corrupción en<br />

México se asocia a los instrumentos jurídicos que se proveen al poder ejecutivo<br />

para aplicar la ley. Aquí, apunta Ayala Anguiano y Martí, aun cuando la<br />

creación de leyes contra la corrupción no es algo nuevo, pues desde 1939 se<br />

tiene en México a la Ley de Responsabilidades de Funcionarios y Empleados<br />

de la Federación, estas a través del tiempo se han convertido en leyes del olvido<br />

y por consiguiente en letra muerta (LRFEF, 1978: 23). Leyes van, leyes vienen, y<br />

desde el punto de vista de Ayala Anguiano y Martí (Ayala et al, 1978), de nada<br />

sirve tener las herramientas jurídicas de tipo coactivo y punitivo entregadas<br />

por el legislativo al poder ejecutivo sí poco o nada se hace con su aplicación.<br />

En otros casos, principalmente a nivel estatal y municipal, leyes<br />

creadas para castigar la corrupción en sus diferentes formas son ignoradas<br />

por ser poco aplicables en la práctica. Con este argumento Livas sostiene,<br />

por ejemplo, que el combate a la corrupción en la modalidad de cohecho es<br />

inefectivo pues las leyes inscritas en los Códigos Penales a nivel estatal son<br />

difíciles de aplicar.<br />

Porque la forma en que actualmente se define el cohecho,<br />

tanto el que recibe el dinero como el que lo da, son penalmente<br />

responsables del delito. Esto trae como consecuencia que ambas<br />

personas, tanto autoridad como particular, forman una unidad en<br />

el hecho delictuoso; en cierta forma los hace cómplices. Resultado:<br />

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