ÉTICA PÚBLICA FRENTE A CORRUPCIÓN
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La ética Pública Aplicada y la Gestión de la Integridad.<br />
Bernabé Aldeguer Cerdá<br />
tengan conocimiento; ejercerán los poderes que les atribuye la<br />
normativa vigente con la finalidad exclusiva para la que fueron<br />
otorgados y evitarán toda acción que pueda poner en riesgo el<br />
interés público o el patrimonio de las Administraciones; no se<br />
implicarán en situaciones, actividades o intereses incompatibles<br />
con sus funciones y se abstendrán de intervenir en los asuntos en<br />
que concurra alguna causa que pueda afectar a su objetividad; no<br />
aceptarán para sí regalos que superen los usos habituales, sociales<br />
o de cortesía, ni favores o servicios en condiciones ventajosas que<br />
puedan condicionar el desarrollo de sus funciones. En el caso de<br />
obsequios de una mayor relevancia institucional se procederá<br />
a su incorporación al patrimonio de la administración pública<br />
correspondiente; desempeñarán sus funciones con transparencia;<br />
gestionarán, protegerán y conservarán adecuadamente los recursos<br />
públicos, que no podrán ser utilizados para actividades que<br />
no sean las permitidas por la normativa que sea de aplicación; y,<br />
no se valdrán de su posición en la Administración para obtener<br />
ventajas personales o materiales.<br />
Este conjunto de principios enumerados informan la interpretación y la aplicación<br />
del régimen sancionador (Tabla 5) que se regula en la propia Ley, y<br />
que incluye un conjunto de infracciones en materia de gestión económicopresupuestaria<br />
e infracciones disciplinarias, además de las propias infracciones<br />
y sanciones en materia de conflicto de intereses, según se ha detallado más arriba.<br />
La Ley crea el Consejo de Transparencia y Buen Gobierno, como organismo<br />
público adscrito al Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, con la<br />
finalidad de: “promover la transparencia de la actividad pública, velar por el<br />
cumplimiento de las obligaciones de publicidad, salvaguardar el ejercicio del<br />
derecho de acceso a la información pública y garantizar la observancia de las<br />
disposiciones de buen gobierno” (art. 34), y elevaré anualmente, a las Cortes<br />
Generales, una memoria sobre el desarrollo de sus actividades y sobre el grado<br />
de cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Ley.<br />
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