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ÉTICA PÚBLICA FRENTE A CORRUPCIÓN

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La ética Pública Aplicada y la Gestión de la Integridad.<br />

Bernabé Aldeguer Cerdá<br />

administrativa, judicial y legislativa” (Morales Prats & Rodríguez Puerta,<br />

1996). Cabe destacar, no obstante, la coexistencia de las responsabilidades<br />

y las sanciones penales y administrativas, la vigencia del principio ne bis in<br />

ídem, y: “su posible operatividad entre las sanciones penales y las sanciones<br />

administrativas, pues nuestra jurisprudencia constitucional, aunque reconoce<br />

su no proclamación expresa en la Constitución, lo ha venido reiteradamente<br />

declarando íntimamente unido a los principios de legalidad y tipicidad de las<br />

infracciones en el art. 25 de la norma fundamental” (González Cussac, 1996).<br />

Teniendo en cuenta la especial incidencia que ha supuesto, durante la primera<br />

década del S. XXI, el desarrollo de las prácticas especulativas inmobiliarias,<br />

se aprobaron diferentes modificaciones legislativas, dirigidas a agravar el<br />

tratamiento de los distintos tipos delictivos vinculados a los delitos antedichos.<br />

Así, destacan, no sólo las modificaciones de la Ley del Suelo, sino también la<br />

reforma operada en los artículos del Código Penal Español, relacionados con<br />

los delitos contra la administración pública. 4<br />

Empero estas disposiciones que en el plano judicial permiten tipificar<br />

y sancionar, desde el punto de vista penal, las conductas delictivas contra la<br />

administración pública, el objeto del presente trabajo consiste en explorar todas<br />

aquellas disposiciones normativas de distinto rango legal, y con diferentes<br />

niveles en cuanto a su capacidad coercitiva, relacionados con la introducción<br />

de principios éticos, de normas de conducta y de instrumentos para la gestión<br />

de la integridad. De este modo, la constitución de una cultura ética en el<br />

seno de las organizaciones públicas, tanto en el ámbito político, como en el<br />

administrativo, viene dado por la preceptiva, aunque no suficiente, aprobación<br />

de códigos de conducta y de principios de ética pública.<br />

El trabajo trasciende a las regulaciones de orden penal o civil, a dirimir<br />

en el ámbito de la Administración de justicia, identificando los instrumentos contemplados<br />

en la normativa vigente en los niveles local, autonómico y nacional de<br />

España, así como en el contexto europeo e internacional, con impacto y relevancia<br />

para la adopción de distintas decisiones, por parte del Estado español.<br />

4<br />

La Ley Orgánica 5/2010, de 22 de junio, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre,<br />

adecúa el Código Penal a los compromisos adquiridos por el Estado español, según el Convenio Penal sobre la<br />

corrupción del Consejo de Europa de 27 de enero de 1999, y el Convenio establecido sobre la base de la letra c,<br />

del apartado 2 del artículo k.3, del Tratado de la Unión Europea, relativo a la lucha contra los actos de corrupción<br />

en los que estén implicados funcionarios de la Comunidades Europeas o de los Estados miembros de la Unión<br />

Europea.<br />

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