ÉTICA PÚBLICA FRENTE A CORRUPCIÓN
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Policía Investigadora: El Modelo Hernán Guajardo<br />
Juan José Bustamante Campos<br />
ambos se cuidan de no denunciarse. Por qué de trascender el hecho,<br />
teóricamente ambos arriesgarían ir a la cárcel (Livas, 1983: 62).<br />
Hoy, como en el pasado, el legislativo trabaja activamente en producir leyes<br />
adaptadas al actual entorno social. Por un lado, Robinson ha documentado<br />
la aplicación de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas en<br />
casos muy específicos y sonados a nivel nacional e internacional. Lo reciente<br />
de la ley, publicada por el Diario Oficial de la Federación (DOF) en Junio 12<br />
del 2012, nos limita a dar una valoración más amplia de su aplicación pues los<br />
casos continúan abiertos y sin resolverse. Por otro lado, al mismo tiempo que<br />
se finaliza este artículo, se publica en el DOF el día 12 de Marzo del 2014 la<br />
creación de una nueva Fiscalía Especializada en Materia de Delitos relacionados<br />
con hechos de corrupción (DOF, 2014). Aun cuando la intención es positiva<br />
en principio, la duda de su efectividad como herramienta de control para un<br />
combatir a la corrupción queda en el aire.<br />
La estrategia gubernamental más relevante en el combate a la<br />
corrupción, sin embargo, se ha enfocado en una reforma policial de diferentes<br />
tipos y alcances. 2<br />
Livas, por ejemplo, se refiere a ésta como un ejercicio de “renovación<br />
policiaca” de carácter institucional basada en instrumentos jurídicos de control<br />
y coacción derivados mayormente de productos legislativos y disposiciones<br />
ejecutivas (Livas, 1983: 77). Sobra decir que muchas de los decretos a nivel<br />
federal y estatal se han enfocado simplemente en cambios maquillados de<br />
imagen policial sin apuntar a un serio ejercicio de transformación institucional.<br />
De acuerdo a Reames, muchos de los actos administrativos implementados<br />
por parte del ejecutivo para renovar cuerpos de policía federales y estatales<br />
a través de diferentes administraciones no pasan meramente de cambios de<br />
nombre, sin cambios estructurales de fondo (Reames, 2003: 5). Esta práctica es<br />
muy notable en gobiernos a nivel federal y nivel estatal. Por ejemplo, en uno<br />
de los primeros intentos por mejorar la imagen de las policías judiciales, el<br />
ejecutivo federal cambia el nombre de la Policía Judicial Federal a una nueva<br />
llamada Agencia Federal de Investigaciones (AFI). A nivel estatal, por ejemplo,<br />
2<br />
Para ver más detalles consultar Barrachina y Hernández 2012; López Montiel, 2000; Reames, 2003 y Villalobos<br />
García, 2007.<br />
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