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ÉTICA PÚBLICA FRENTE A CORRUPCIÓN

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Policía Investigadora: El Modelo Hernán Guajardo<br />

Juan José Bustamante Campos<br />

ambos se cuidan de no denunciarse. Por qué de trascender el hecho,<br />

teóricamente ambos arriesgarían ir a la cárcel (Livas, 1983: 62).<br />

Hoy, como en el pasado, el legislativo trabaja activamente en producir leyes<br />

adaptadas al actual entorno social. Por un lado, Robinson ha documentado<br />

la aplicación de la Ley Federal Anticorrupción en Contrataciones Públicas en<br />

casos muy específicos y sonados a nivel nacional e internacional. Lo reciente<br />

de la ley, publicada por el Diario Oficial de la Federación (DOF) en Junio 12<br />

del 2012, nos limita a dar una valoración más amplia de su aplicación pues los<br />

casos continúan abiertos y sin resolverse. Por otro lado, al mismo tiempo que<br />

se finaliza este artículo, se publica en el DOF el día 12 de Marzo del 2014 la<br />

creación de una nueva Fiscalía Especializada en Materia de Delitos relacionados<br />

con hechos de corrupción (DOF, 2014). Aun cuando la intención es positiva<br />

en principio, la duda de su efectividad como herramienta de control para un<br />

combatir a la corrupción queda en el aire.<br />

La estrategia gubernamental más relevante en el combate a la<br />

corrupción, sin embargo, se ha enfocado en una reforma policial de diferentes<br />

tipos y alcances. 2<br />

Livas, por ejemplo, se refiere a ésta como un ejercicio de “renovación<br />

policiaca” de carácter institucional basada en instrumentos jurídicos de control<br />

y coacción derivados mayormente de productos legislativos y disposiciones<br />

ejecutivas (Livas, 1983: 77). Sobra decir que muchas de los decretos a nivel<br />

federal y estatal se han enfocado simplemente en cambios maquillados de<br />

imagen policial sin apuntar a un serio ejercicio de transformación institucional.<br />

De acuerdo a Reames, muchos de los actos administrativos implementados<br />

por parte del ejecutivo para renovar cuerpos de policía federales y estatales<br />

a través de diferentes administraciones no pasan meramente de cambios de<br />

nombre, sin cambios estructurales de fondo (Reames, 2003: 5). Esta práctica es<br />

muy notable en gobiernos a nivel federal y nivel estatal. Por ejemplo, en uno<br />

de los primeros intentos por mejorar la imagen de las policías judiciales, el<br />

ejecutivo federal cambia el nombre de la Policía Judicial Federal a una nueva<br />

llamada Agencia Federal de Investigaciones (AFI). A nivel estatal, por ejemplo,<br />

2<br />

Para ver más detalles consultar Barrachina y Hernández 2012; López Montiel, 2000; Reames, 2003 y Villalobos<br />

García, 2007.<br />

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