ÉTICA PÚBLICA FRENTE A CORRUPCIÓN
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<strong>ÉTICA</strong> <strong>PÚBLICA</strong> <strong>FRENTE</strong> A <strong>CORRUPCIÓN</strong>.<br />
Instrumentos éticos de aplicación práctica<br />
oportuna, veraz y completa presentación de las declaraciones de<br />
actividades, bienes y derechos patrimoniales legalmente previstas;<br />
Ejemplaridad en el cumplimiento de la Ley y de los principios<br />
contenidos en el presente Código; Compromiso con la promoción<br />
de los valores constitucionales, en especial, el respeto a los<br />
derechos humanos, la libertad, la igualdad, particularmente entre<br />
mujeres y hombres, la solidaridad y la participación ciudadana,<br />
removiendo los obstáculos que pudieran dificultarlos; Respeto<br />
del mérito y la capacidad en los procedimientos de selección y<br />
promoción del personal al servicio del sector público autonómico;<br />
Objetividad e imparcialidad en los procedimientos de contratación<br />
pública y reconocimiento de derechos patrimoniales o personales;<br />
Desempeño de las competencias con arreglo al principio de<br />
confianza legítima; y, Liderazgo participativo, propiciando la<br />
colaboración permanente y activa del personal sujeto a su dirección<br />
(Principios generales, artículo 2.).<br />
El acuerdo señalado incluye una serie de normas de conducta y de comportamiento,<br />
en los ámbitos relativos a la lealtad y la cooperación, la participación<br />
ciudadana, la transparencia y la comunicación, la dignidad institucional y los<br />
tratamientos protocolarios, la publicidad y la libre competencia en las contrataciones,<br />
la eficacia y la objetividad en los procedimientos de autorización o<br />
subvención, el mérito y la capacidad en las políticas de empleo, y “la promoción<br />
de entornos de trabajo armónicos y éticamente sensibles”, y el “deber de<br />
promover la formación permanente del personal sujeto a su dirección”.<br />
La Comunidad Autónoma de Aragón cuenta con una comisión ética<br />
a la luz de lo dispuesto en el Anteproyecto de Ley de la Función Pública de<br />
Aragón (Junio 2013), con la siguiente previsión organizativa y competencial:<br />
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