22.01.2016 Views

ÉTICA PÚBLICA FRENTE A CORRUPCIÓN

1nqGXzp

1nqGXzp

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

La ética Pública Aplicada y la Gestión de la Integridad.<br />

Bernabé Aldeguer Cerdá<br />

Tabla 9. La declaración de Adhesión al Código de Ética y Conducta de los cargos públicos y<br />

personal eventual de la Administración General e Institucional de la Comunidad Autónoma de<br />

Euskadi<br />

El/La abajo firmante, en virtud del contenido del Código de Ética y Conducta aprobado en Consejo<br />

de Gobierno de fecha.................., declara:<br />

1. Que dispone de un ejemplar tanto del Código citado en el encabezamiento de este documento<br />

como del Acuerdo del Consejo de Gobierno por el que se aprueba el mismo.<br />

2. Que, una vez leído, se adhiere al contenido del Código en todos sus términos, comprometiéndome<br />

al cumplimiento de los principios y obligaciones en él contenidos.<br />

3. Que acepta el compromiso de facilitar su divulgación y aplicación, así como las obligaciones que<br />

comporta la adhesión al mismo.<br />

Y para que así conste y a los efectos oportunos, firmo la presente en.................. a.....de.............<br />

de 20.....<br />

Fdo.:<br />

Lehendakari, Consejeros/as, Viceconsejeros/as, Secretarios/as Generales o Directores/as.<br />

Elaboración propia. Fuente: Resolución 13/2013, de 28 de mayo, del Director de la Secretaría del<br />

Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo<br />

adoptado por el Consejo de Gobierno “por el que se aprueba el Código Ético y de Conducta<br />

de los cargos públicos y personal eventual de la Administración General e Institucional de la<br />

Comunidad Autónoma de Euskadi”.<br />

El Anteproyecto de Ley del Principado de Asturias de Buen Gobierno e incompatibilidades<br />

de Altos Cargos (Consejería de Presidencia –Secretaría<br />

General Técnica– Enero 2014) prevé la creación un órgano que tenga atribuidas<br />

competencias en materia de buen gobierno, conflictos de intereses y régimen<br />

de incompatibilidades, y que ejercería las siguientes funciones:<br />

1. Realizar las diligencias previas a la incoación del procedimiento<br />

sancionador en materia de buen gobierno y conflictos de intereses<br />

y régimen de incompatibilidades, así como la gestión del régimen<br />

incompatibilidades y del cumplimiento de las obligaciones impuestas<br />

a los altos cargos de la Administración del Principado<br />

de Asturias; 2. Gestionar y organizar el Registro de intereses<br />

y actividades, bienes y derechos patrimoniales y contratos de<br />

alta dirección, siendo responsable de la custodia y seguridad de<br />

los documentos y datos archivados y anotados; 3. Instruir los<br />

expedientes sancionadores en materia de buen gobierno, conflictos<br />

de intereses e incompatibilidades de altos cargos; y, 4. Elevar<br />

235

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!