ÉTICA PÚBLICA FRENTE A CORRUPCIÓN
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Edgar Ramón Aguilera<br />
EL PAPEL DE LAS VIRTUDES <strong>PÚBLICA</strong>S<br />
impunidad, contribuyen a convertir ciertas normas jurídicas cruciales –porque<br />
limitan los abusos de poder más grotescos a los que se presta su ejercicio- en<br />
normas perversas y, aunado a ello, a la configuración endémica de situaciones<br />
con factores estructurales tendentes a la deshumanización de las víctimas de<br />
abusos, a la desindividuación de los perpetradores y a la dispersión de su<br />
responsabilidad (es decir, a que piensen que otros se harán responsables si es<br />
que alguna vez llega ese momento), lo cual, a su vez conlleva la transformación<br />
parcial o permanente de la personalidad o carácter del individuo o funcionario<br />
que participa frecuentemente de esas situaciones.<br />
En un escenario así, el sistema jurídico en cuestión se encuentra peligrosamente<br />
en la ruta de dejar de existir como tal y de convertirse en un sistema<br />
simulatorio de derecho, en una farsa de sistema jurídico, en un mecanismo<br />
que ya no reúne los requisitos mínimos para predicar de él dicho estatus. Es<br />
conveniente enfatizar que no es que dicho sistema deje de existir como una<br />
estrategia de control social. De hecho, en ese sentido puede ser sumamente<br />
eficaz. Y a su eficacia contribuye precisamente el que se aprovecha de la<br />
infraestructura institucional de la que un sistema jurídico genuino se vale y del<br />
poder -ahora desatado o ilimitado- que se ejerce y canaliza a través de aquella.<br />
La pregunta que surge es ¿cómo revertir los efectos del distanciamiento<br />
progresivo y sistemático de los principios del Estado de Derecho? ¿Cómo<br />
devolver a un sistema jurídico patológico al camino correcto? ¿Cómo curarlo?<br />
¿Cómo resucitar a un sistema jurídico extinto? A una sugerencia mínima y<br />
quizá utópica dicaremos la siguiente sección.<br />
4. Resistiendo el poder de las situaciones y del sistema: Un llamado al<br />
“heroísmo ordinario”<br />
Si en la sección previa nos centramos en los jueces “avispas” y en la posibilidad<br />
de que su carácter se halle resintiendo los efectos de una transformación parcial<br />
o permanente derivada de su continua exposición a ciertas situaciones –y al<br />
poder del sistema– que extraen de ellos conductas inmorales o injustas de las que<br />
podrían sentirse incapaces previo a su comisión (o en condiciones “normales”),<br />
aquí retomaremos la conveniencia general de desarrollar un conjunto de<br />
virtudes, lo cual concebiré como una estrategia prometedora de resistencia –o<br />
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