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AMNISTÍA INTERNACIONAL

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garantizaban el acceso de los detenidos a<br />

asistencia letrada, también durante los<br />

interrogatorios, aunque este punto no fue<br />

plenamente respetado.<br />

A finales de agosto, el abogado de<br />

derechos humanos Lakshan Dias acusó al<br />

Departamento de Investigación Terrorista de<br />

la policía ante el Tribunal Supremo porque<br />

según él había violado estas directivas, dado<br />

que no le habían permitido ver a su cliente.<br />

En octubre, ante las protestas de los<br />

abogados, se retiró una enmienda del Código<br />

de Procedimiento Penal que habría impedido<br />

a los detenidos acceder a asistencia letrada<br />

hasta que la policía les tomara declaración.<br />

TORTURA Y OTROS MALOS TRATOS<br />

El relator especial de la ONU sobre la tortura<br />

visitó Sri Lanka en mayo, donde comprobó<br />

que la policía seguía practicando formas<br />

graves de tortura —aunque probablemente<br />

en menor grado que durante el conflicto<br />

armado—, y que los casos de tortura, tanto<br />

nuevos como anteriores, seguían impunes.<br />

También observó que las normas de<br />

procedimiento, tales como la detención<br />

arbitraria y sin juicio durante periodos<br />

prolongados, en aplicación de la Ley de<br />

Prevención del Terrorismo, “casi invita[ba] a<br />

recurrir a la tortura y los malos tratos como<br />

método habitual de trabajo”. En agosto, de<br />

conformidad con lo establecido en la<br />

Convención de la ONU contra la Tortura, Sri<br />

Lanka formuló una declaración por la que<br />

reconocía la competencia del Comité de la<br />

ONU contra la Tortura para recibir y examinar<br />

comunicaciones presentadas por personas<br />

que aleguen ser víctimas de una violación de<br />

los derechos consagrados en la Convención.<br />

USO EXCESIVO DE LA FUERZA<br />

Siguieron recibiéndose noticias de uso<br />

excesivo de la fuerza en el contexto de la<br />

labor policial, y continuó la impunidad de<br />

casos anteriores. Tampoco se habían<br />

celebrado juicios en relación con los<br />

homicidios de manifestantes desarmados<br />

que reivindicaban agua potable, perpetrados<br />

por el ejército en agosto de 2013. En<br />

octubre, una juez determinó que estas<br />

muertes eran constitutivas de delito, y ordenó<br />

la celebración de nuevas vistas en 2017 para<br />

determinar si existían pruebas suficientes<br />

como para remitir el caso a juicio.<br />

DESAPARICIONES FORZADAS<br />

En mayo, Sri Lanka ratificó la Convención<br />

Internacional para la Protección de Todas las<br />

Personas contra las Desapariciones<br />

Forzadas, pero al concluir el año seguían sin<br />

aprobarse leyes nacionales que tipificaran<br />

como delito la desaparición forzada. La<br />

Comisión Presidencial para Investigar las<br />

Denuncias sobre Personas Desaparecidas se<br />

disolvió en julio, después de haber recibido<br />

más de 19.000 denuncias de civiles. Sin<br />

embargo, se avanzó poco en el<br />

esclarecimiento de la suerte que habían<br />

corrido las personas desaparecidas y el<br />

enjuiciamiento de los responsables. En<br />

agosto, el Parlamento aprobó, sin haber<br />

celebrado ninguna consulta pública, una ley<br />

por la que se creaba una Oficina de Personas<br />

Desaparecidas para ayudar a las familias a<br />

buscar a sus familiares y asumir la carga de<br />

trabajo que había dejado la Comisión.<br />

IMPUNIDAD<br />

Continuaron impunes los presuntos delitos<br />

de derecho internacional cometidos durante<br />

el conflicto armado, así como otras muchas<br />

violaciones de derechos humanos, entre las<br />

que figuraban la ejecución extrajudicial de<br />

cinco estudiantes a manos de las fuerzas de<br />

seguridad (ocurrida en Trincomalee en enero<br />

de 2006) y el homicidio de 17 cooperantes<br />

de la ONG Acción contra el Hambre,<br />

perpetrado en Muttur en agosto de 2006<br />

En mayo, en un caso de hábeas corpus<br />

sobre la desaparición de los activistas<br />

políticos Lalith Weeraraj y Kugan<br />

Muruganandan, ocurrida en diciembre de<br />

2011, el ministro de Medios de<br />

Comunicación compareció como testigo y<br />

declaró que, en el momento de los hechos,<br />

se había basado en información del<br />

Ministerio de Defensa para afirmar que<br />

ambos activistas se encontraban bajo<br />

custodia del gobierno y que no se podía<br />

revelar su paradero. Seguía en curso la<br />

406 Informe 2016/17 Amnistía Internacional

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