LA NUEVA EN LOS SACRAMENTOS
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Eucaristía y virginidad<br />
altamente estimado por los ministros consagrados del altar. La Iglesia,<br />
en efecto, cree que normalmente Dios une la vocación al servicio<br />
santo del altar con la vocación interior al «celibato por causa<br />
del reino de los cielos».<br />
La virginidad es un consejo evangélico y un carisma particular.<br />
Por eso la Iglesia sabe también que nadie puede ser obligado jurídicamente<br />
a aceptar el celibato. De ahí su escrupulosa solicitud para<br />
que nadie se vea forzado a aceptar la vida célibe. Los que adopten<br />
ese estado han de hacerlo espontáneamente, sin ninguna coacción ni<br />
violencia. Ya Adam Mohler sentó bien claro en su «Refutación del<br />
memorial contra el celibato» cómo hay que plantear rectamente este<br />
problema. No se puede preguntar: «¿Con qué derecho pretende la<br />
Iglesia forzar a tantos hombres, a todo un estado eclesial, a renunciar<br />
al matrimonio?» La pregunta ha de ser formulada así: «¿Tiene<br />
la Iglesia derecho a conceder las órdenes sagradas únicamente a<br />
aquellos cuyo espíritu está ya ungido con la suprema consagración<br />
religiosa, en cuya alma la más pura y bella floración de vida divina<br />
crece y fructifica en un servicio sin reservas al Señor, es decir, a<br />
aquellos únicamente que, como dice el apóstol, han recibido el don<br />
de la virginidad?» 8 .<br />
Ciertamente que la Iglesia puede — lo hace en las iglesias orientales<br />
unidas y también para algunos casos de convertidos, por ejemplo,<br />
algunos teólogos de la iglesia evangélica recientemente admitidos<br />
en la Iglesia católica — escoger sus sacerdotes entre las filas de los<br />
casados que vivan castamente sin haber contraído segundas nupcias<br />
9 ; pero en su legislación sigue manteniendo el principio de que<br />
el celibato por causa del reino de los cielos es algo, si no necesario, al<br />
menos muy conveniente para los ministros del altar. Así se expresaron<br />
Pío xi en su encíclica sobre el sacerdocio católico 10 y Pío xn<br />
en su «Exhortación al clero» n . Y que la Iglesia circunscriba en un<br />
sentido o en otro las obligaciones del celibato no quiere decir que<br />
se trate de una obligación puramente jurídica y que por tanto pueda<br />
ser observado con un espíritu minimalista ateniéndose a lo estrictamente<br />
legal. Por su misma naturaleza, el celibato no es sino un caso<br />
particular de la renuncia al matrimonio «por causa del reino de los<br />
8. J.A. MOHLER, Der ungeteilte Dienst, Salzburgo 1938, p. 136.<br />
9. Cf. 1 Tim 3, 2.12; Tit 1, 6.<br />
10. AAS 28, 1936, p. 24ss.<br />
11. AAS 1950, 127.<br />
Eucaristía y celibato sacerdotal 211<br />
cielos» y es preciso por tanto una verdadera vocación a la vida célibe<br />
por amor a Cristo y a la Iglesia. El sacerdote está llamado a vivir<br />
en continuo espíritu de oblación, de consagración, de santa y<br />
total disponibilidad para las cosas del Señor.<br />
Con esto queda ya indicada la solución de un problema repetidamente<br />
agitado sobre la fuente de la obligación del celibato contraída<br />
con las órdenes sagradas. Se discute efectivamente si dicha<br />
obligación dimana de un voto expreso o tácito hecho en la ordenación<br />
de los subdiáconos o bien si no tiene más fundamento que la<br />
disposición legislativa de la Iglesia. No cabe duda que entra en juego<br />
también la obediencia a la Iglesia, la cual desarrolla un papel primordial<br />
a la hora de aceptar las obligaciones del celibato junto con<br />
el subdiaconado: la Iglesia prohibe rigurosamente que nadie se acerque<br />
a las sagradas órdenes si no se sabe interiormente llamado a vivir<br />
como célibe «por causa del reino de los cielos». En la Iglesia latina<br />
el candidato debe asegurar bajo juramento que acepta las obligaciones<br />
del nuevo orden del subdiácono dándose perfecta cuenta<br />
de su trascendencia y con absoluta libertad n . Y si un día se aceptó<br />
el celibato con plena libertad, es de esperar que el llamado querrá<br />
permanecer fiel toda su vida a tan alta vocación. A defender el fiel<br />
cumplimiento de aquella obligación se ordena toda una serie de<br />
prescripciones canónicas.<br />
La estrecha relación con el Señor en la eucaristía, presupuesto<br />
de la vocación sacerdotal, y el cumplimiento amoroso del servicio<br />
santo del altar constituyen la fuente más alta y uno, al menos, de<br />
los fines del celibato en el sacerdote. El sacerdote ocupa el lugar<br />
de Cristo, esposo virginal de la Iglesia. Debe conservarse enteramente<br />
libre para Cristo a fin de ser imagen de la entrega absoluta<br />
de Cristo a su Iglesia. La misma naturaleza del celibato exige en el<br />
sacerdote una actitud semejante a la del alma que ha hecho su voto<br />
de virginidad, pues es una dedicación amorosa al amor y servicio de<br />
Cristo en medida total que excluye todo otro amor. La misma formalidad<br />
exterior del voto es la expresión plena y madura de la oblación<br />
interior.<br />
12. AAS 1931, 127.