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SISTEMA DE POSGRADO TESISFINAL Previa a la obtención del ...

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Concluido este sumario, y una vez que hayan sido actuadas <strong>la</strong>spruebas en caso de haber sido requeridas, <strong>la</strong> autoridad administrativatributaria dictará su resolución en un p<strong>la</strong>zo no mayor a noventa días, en <strong>la</strong>que “confirmará, invalidará, modificará o sustituirá el acto revisado.” 48 Otropunto <strong>del</strong> que hab<strong>la</strong> nuestra legis<strong>la</strong>ción, y el cual consideramos relevantepara complementar el análisis <strong>del</strong> tema p<strong>la</strong>nteado, es aquel que hacereferencia a los casos en los cuales resulta improcedente el inicio de oficioo <strong>la</strong> insinuación de este recurso. Para Murillo Fierro 49 , el Código Tributario hacontemp<strong>la</strong>do causales expresas para limitar <strong>la</strong> capacidad de revisión <strong>del</strong>os actos, toda vez que ésta implica un enfrentamiento entre dos principiosjurídicos básicos: de legalidad y de seguridad jurídica. Dichos casos seencuentran establecidos en el artículo 145 <strong>del</strong> Código Tributarioecuatoriano, siendo estos los siguientes:a) Cuando el asunto hubiere sido resuelto por elTribunal Distrital Fiscal.b) Cuando hubiesen transcurrido más tres añosdesde que se dictó el acto o resolución.c) Cuando en los casos de los numerales cinco yseis <strong>del</strong> artículo 143, ya citado en líneasprecedentes, hubiesen transcurrido treinta díasdesde <strong>la</strong> ejecutoria de <strong>la</strong> respectiva sentencia.d) Cuando el afectado directo no hubiese probadodebidamente <strong>la</strong> existencia de una de <strong>la</strong>s causalesque sirven de base para el inicio de este recurso.e) Cuando el asunto objeto <strong>del</strong> recurso, hubiesesido resuelto por <strong>la</strong> máxima autoridad de <strong>la</strong>administración tributaria. 5048 Código Tributario ecuatoriano, artículo 147.49 MURILLO FIERRO, Fausto, El Sistema de Revisión de los Actos Tributarios en <strong>la</strong> Legis<strong>la</strong>ción Ecuatoriana, artículoextraído <strong>del</strong> sitio web: www.eurosocialfiscal.org/.../20090717_110743_Ecuador_-_Dr._Fausto_Murillo_Fierro_-_Presentacion,_Junio_2009.doc50 Código Tributario Ecuatoriano, artículo 145.50

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