vigor <strong>de</strong>l TLCAN. Gracias a los mecanismos <strong>de</strong>l TLCAN todos los márgenes sujetos a revisionesadministrativas, revisiones <strong>de</strong> paneles o correcciones se han reducido respecto a los anteriores.−Acuerdos Paralelos.En el Acuerdo <strong>de</strong> Cooperación Ambiental <strong>de</strong> América <strong>de</strong>l Norte (ACAAN) y en el Acuerdo <strong>de</strong> CooperaciónLaboral <strong>de</strong> América <strong>de</strong>l Norte (ACLAN), ambos suscritos por México, EUA y Canadá, México mantienedos objetivos principales, los cuales se refieren a que las peticiones públicas para investigar posiblesviolaciones a la legislación ambiental o laboral, para que se apeguen a los términos <strong>de</strong> sus respectivosacuerdos y que las <strong>de</strong>más activida<strong>de</strong>s que se realicen en el marco <strong>de</strong>l programa <strong>de</strong> trabajo no seanmedidas dirigidas al hostigamiento <strong>de</strong> inversionistas y exportadores mexicanos.En relación con el primer objetivo, en materia ambiental a la fecha <strong>de</strong> este informe se han cerrado 10investigaciones en los tres países por no cumplir con los criterios <strong>de</strong>l ACAAN o porque se logró unacuerdo entre las partes involucradas. Asimismo, se encuentran 13 casos activos los cuales seencuentran en diversas etapas <strong>de</strong>l procedimiento. (Sólo el caso sobre <strong>de</strong> “Aves migratorias” presentadocontra EUA inició este año). En materia laboral, a la fecha 10 casos se han cerrado y 10 aún estánactivos en diferentes etapas procesales (en 1999 sólo inició el caso <strong>de</strong> TAESA). En 1999 se continuócon la tarea <strong>de</strong> revisar puntualmente la evolución particular <strong>de</strong> cada uno <strong>de</strong> los casos, según sepresentaban, y se le comunicó a la SEMARNAP y a la STPS, <strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncias competentes para interveniren estos casos, la posición puntual en los casos y partes pertinentes.Respecto a los programas <strong>de</strong> trabajo <strong>de</strong>rivados <strong>de</strong> estos acuerdos, las activida<strong>de</strong>s se concentraron en elárea ambiental, para ello se participó en dos reuniones, para discutir los términos en que se pudieranrelacionar los temas comerciales <strong>de</strong>l TLCAN con los temas ambientales bajo el artículo 10.6 <strong>de</strong>l ACAAN.Se logró que, contrario a la posición <strong>de</strong> EUA y Canadá, este tema se mantuviera <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> unainterpretación estricta mediante la cual el TLCAN no se relaciona con los temas <strong>de</strong> medio ambiente.Asimismo, en las negociaciones <strong>de</strong> las reglas <strong>de</strong> procedimiento <strong>de</strong>l ACAAN se logró contener lasexpectativas <strong>de</strong> EUA y Canadá para “ampliar” el proceso <strong>de</strong> solución <strong>de</strong> controversias entre las partespara que pudieran intervenir en el mismo las Organizaciones no Gubernamentales. Finalmente, se realizóuna evaluación <strong>de</strong> la conducta <strong>de</strong>l Secretariado <strong>de</strong> la Comisión <strong>de</strong> Cooperación Ambiental, entida<strong>de</strong>ncargada <strong>de</strong> investigar las peticiones públicas, lo cual permitió elaborar y enviar comentarios a laSEMARNAP sobre la negociación para <strong>de</strong>finir lineamientos precisos <strong>de</strong> la conducta <strong>de</strong>l secretariado(artículos 14 y 15 <strong>de</strong>l ACAAN).Se participó en diversas reuniones <strong>de</strong>l Grupo Intersecretarial para la elaboración <strong>de</strong>l “Programa para laeliminación <strong>de</strong> la explotación y <strong>de</strong>l combate al trabajo y a la ocupación <strong>de</strong> menores”, con el que se busca,entre otros objetivos, contrarrestar las iniciativas para bloquear las exportaciones agrícolas mexicanasbajo el argumento <strong>de</strong> la utilización <strong>de</strong> trabajo infantil en las familias jornaleras. A<strong>de</strong>más, se elaboró juntocon las Cámaras industriales <strong>de</strong>l sector textil y <strong>de</strong>l vestido la estrategia para contrarrestar las iniciativas<strong>de</strong> sindicatos estadouni<strong>de</strong>nses e implementar un sistema <strong>de</strong> certificación <strong>de</strong> cumplimiento con normaslaborales <strong>de</strong> las exportaciones <strong>de</strong> estos productos, que aunque voluntarias en teoría, en la prácticabuscan constituirse como un instrumento <strong>de</strong> protección comercial.Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio México-ChileTeniendo como antece<strong>de</strong>nte que durante 1998 se concluyó la negociación <strong>de</strong> un TLC entre México yChile, que los presi<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong> ambos países lo suscribieron y que fue aprobado tanto por el Senado <strong>de</strong> laRepública Mexicana y como por el senado chileno, el TLC entre México y Chile entró en vigor el 1 <strong>de</strong>agosto <strong>de</strong> 1999, con lo que se cuenta con un tratado similar a los que México ha suscrito con otrospaíses <strong>de</strong>l continente.El 1 <strong>de</strong> agosto <strong>de</strong> 1999, la Comisión <strong>de</strong> Libre Comercio <strong>de</strong>l Tratado, acordó la Decisión No.1 sobre laInterpretación a los artículos 3-10 (<strong>de</strong>rechos <strong>de</strong> trámites aduanero), 11-04 (solución <strong>de</strong> controversias),18-07 (lista <strong>de</strong> árbitros), 18-10 (reglas mo<strong>de</strong>lo <strong>de</strong> procedimiento ) y 20-08 (negociaciones futuras), <strong>de</strong>Página 40 <strong>de</strong> 123
manera que las fechas <strong>de</strong> aplicación <strong>de</strong> las respectivas disposiciones, las cuales son todas anteriores ala fecha efectiva <strong>de</strong> entrada en vigor <strong>de</strong>l tratado, <strong>de</strong>ben enten<strong>de</strong>rse como aplicables a la fecha <strong>de</strong> entradaen vigor <strong>de</strong> este tratado.Asimismo, se firmó la Decisión No. 2 sobre la adopción <strong>de</strong> las reglas mo<strong>de</strong>lo <strong>de</strong> procedimientos, lascuales serán aplicadas en el procedimiento <strong>de</strong> solución <strong>de</strong> controversias establecido en el capítulo 18 yla Decisión No.3 sobre los códigos <strong>de</strong> conducta para el procedimiento <strong>de</strong> solución <strong>de</strong> controversias <strong>de</strong>lcapítulo 18 (solución <strong>de</strong> controversias) <strong>de</strong>l tratado.Dentro <strong>de</strong>l TLC entre México y Chile, se realizaron reuniones preliminares para que en losprocedimientos <strong>de</strong> salvaguarda que Chile realiza sobre trigo, harina <strong>de</strong> trigo, azúcar y aceitescomestibles, las exportaciones mexicanas fueran excluidas <strong>de</strong> la aplicación <strong>de</strong> las medidas, <strong>de</strong>conformidad con el artículo 6-03 <strong>de</strong>l tratado.Tratado <strong>de</strong> Libre Comercio con Colombia y Venezuela (Grupo <strong>de</strong> los Tres)Se realizaron reuniones viceministeriales trilaterales y bilaterales entre México y Colombia, en lasciuda<strong>de</strong>s <strong>de</strong> Bogotá el 27 <strong>de</strong> enero, Miami el 26 <strong>de</strong> abril, Cochabamba el 28 <strong>de</strong> julio, y México el 28 <strong>de</strong>octubre, las cuales permitieron dar seguimiento a la relación comercial entre los tres países en el marco<strong>de</strong>l TLC Grupo <strong>de</strong> los tres. Durante estas reuniones se atendieron las negociaciones <strong>de</strong> las reglas <strong>de</strong>origen aplicables entre México y Venezuela para bienes clasificados en los capítulos 50 al 63, la prórrogaa las negociaciones <strong>de</strong>l sector automotor y la elaboración <strong>de</strong> una ruta crítica para activar el Comité <strong>de</strong>Integración Regional <strong>de</strong> Insumos (CIRI).Durante agosto <strong>de</strong> 1999, mediante la Decisión No. 26, se formó la Subcomisión Administradora<strong>de</strong> TLC-G3, misma que está facultada por la Comisión Administradora para realizar funciones <strong>de</strong>seguimiento y tomar acuerdos en su representación.Para continuar con el avance en los compromisos <strong>de</strong>l tratado, así como con los asuntos <strong>de</strong> interéscomercial se llevaron a cabo cuatro reuniones <strong>de</strong> los comités, subcomités y grupos <strong>de</strong> trabajo <strong>de</strong> accesoa mercados, medidas <strong>de</strong> normalización, reglas <strong>de</strong> origen y compras gubernamentales. En el marco <strong>de</strong>cooperación <strong>de</strong> los tres países, el 27 y 28 <strong>de</strong> mayo <strong>de</strong> 1999, la SECOFI prestó asistencia técnica enmateria <strong>de</strong> compras <strong>de</strong>l sector público a los gobiernos <strong>de</strong> Colombia y Venezuela.En el marco <strong>de</strong>l comité <strong>de</strong> medidas <strong>de</strong> normalización, México logró solucionar el problema <strong>de</strong> emisión<strong>de</strong> certificados por pruebas dinámicas para vehículos importados y se logró cancelar el requisito <strong>de</strong>certificado <strong>de</strong> preembarque que Colombia exigía a importadores mexicanos, a través <strong>de</strong>l <strong>de</strong>creto 1126publicado el 26 <strong>de</strong> junio <strong>de</strong> 1999.En lo que se refiere a la reunión <strong>de</strong>l comité <strong>de</strong> bienes, México y Venezuela acordaron una lista <strong>de</strong>productos para la segunda aceleración <strong>de</strong> la <strong>de</strong>sgravación arancelaria. Dicha aceleración impulsará elproceso <strong>de</strong> integración prevista en el tratado. Se espera que en el 2000 se concluya este proceso con lapublicación <strong>de</strong> dicha aceleración en los medios oficiales <strong>de</strong> ambos países.Durante agosto <strong>de</strong> 1999, se llevó a cabo el intercambio <strong>de</strong> estadísticas comerciales entre los tres paísespara analizar el <strong>de</strong>sempeño comercial <strong>de</strong>l tratado. México busca institucionalizar este compromiso parapo<strong>de</strong>r realizar este intercambio en forma trimestral.Por otra parte, en diciembre <strong>de</strong> 1999 se firmó la Decisión No. 27 la cual otorga por única vez unadispensa por seis meses para la utilización <strong>de</strong> materiales <strong>de</strong> fuera <strong>de</strong> la zona <strong>de</strong> libre comercio. Medianteesta <strong>de</strong>cisión, México aplicará el arancel correspondiente a los bienes textiles y <strong>de</strong>l vestido previsto en sucalendario <strong>de</strong>l Anexo 1 Art. 3-04, elaborados a partir <strong>de</strong> materiales obtenidos fuera <strong>de</strong> la zona <strong>de</strong> librecomercio que cumplan con las condiciones aplicables para el trato arancelario preferencial <strong>de</strong>conformidad con el G3.Página 41 <strong>de</strong> 123
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En cuanto a la meta de llevar a cab
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