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Análisis Programático - Secretaría de Hacienda y Crédito Público

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Comercio y la Organización Internacional <strong>de</strong>l Trabajo (OIT)Se logró evitar la vinculación entre compromisos comerciales y normas laborales en forosinternacionales. En particular, en junio <strong>de</strong> 1998 se adoptó la <strong>de</strong>claración en la OIT relativa a losprincipios y <strong>de</strong>rechos fundamentales <strong>de</strong> los trabajadores y su mecanismo <strong>de</strong> seguimiento, en don<strong>de</strong> seestableció que las normas <strong>de</strong> trabajo no <strong>de</strong>berían utilizarse con fines comerciales proteccionistas.Consultoría Jurídica <strong>de</strong> NegociacionesEn lo referente al mecanismo <strong>de</strong> solución <strong>de</strong> controversias Inversionista-Estado al amparo <strong>de</strong>l capítulo XI<strong>de</strong>l TLCAN, 1999 fue un año muy importante para México en el <strong>de</strong>sarrollo <strong>de</strong> los arbitrajes iniciados.• Caso: Robert Azinian, Kenneth Davitian y Ellen Baca (DESONA) c. los Estados Unidos Mexicanos.Durante julio se llevaron a cabo las audiencias <strong>de</strong>l caso y a solicitud <strong>de</strong>l Tribunal, se presentaron losescritos posteriores a las audiencias en agosto. En noviembre, el tribunal emitió su laudo a favor <strong>de</strong>lGobierno <strong>de</strong> México, consi<strong>de</strong>rando dicho tribunal que México no había violado las reglas sustantivas<strong>de</strong> la sección A <strong>de</strong>l capítulo XI <strong>de</strong>l TLCAN. El tribunal concluyó que la empresa no había probado susacciones durante el procedimiento y que una simple violación a un contrato concesión no pue<strong>de</strong> serobjeto <strong>de</strong> una reclamación internacional.• Caso: Metalclad Corporation c. los Estados Unidos Mexicanos. Durante los meses <strong>de</strong> agosto yseptiembre se llevaron a cabo las audiencias <strong>de</strong>l caso. Al concluir las actuaciones orales, el tribunalsolicitó a las partes, la presentación <strong>de</strong> escritos posteriores a las audiencias. El tribunal secomprometió a emitir su laudo antes <strong>de</strong>l término <strong>de</strong>l primer semestre <strong>de</strong> 2000.• Caso: Waste Management Inc. c. los Estados Unidos Mexicano. En junio quedó constituido elTribunal Arbitral. En julio, <strong>de</strong>bido a la objeción <strong>de</strong>l Gobierno <strong>de</strong> México respecto a la jurisdicción <strong>de</strong>lTribunal durante la primera sesión <strong>de</strong>l mismo, las partes acordaron la presentación <strong>de</strong> la <strong>de</strong>mandasobre la jurisdicción <strong>de</strong> dicho tribunal y sobre los hechos <strong>de</strong>l caso. El gobierno <strong>de</strong> México daríacontestación exclusivamente al tema <strong>de</strong> jurisdicción. En septiembre, la empresa presentó su<strong>de</strong>manda, en noviembre se presentaron la contestación <strong>de</strong> la <strong>de</strong>manda, la réplica y la dúplica. ElTribunal antes <strong>de</strong> proce<strong>de</strong>r a los hechos <strong>de</strong>l caso, <strong>de</strong>berá resolver sobre si proce<strong>de</strong> la reclamación alamparo <strong>de</strong> éste capítulo. Hasta el momento el Tribunal no ha emitido su <strong>de</strong>cisión.• Caso: Marvin Feldman c. los Estados Unidos Mexicanos. En febrero fue presentada la notificación <strong>de</strong>intención <strong>de</strong> reclamación a arbitraje al amparo <strong>de</strong>l capítulo XI <strong>de</strong>l TLCAN. En abril se presentó lareclamación formal ante el Centro Internacional para Arreglo <strong>de</strong> Disputas sobre Inversión (CIADI).Las partes posteriormente nombraron a los miembros <strong>de</strong>l tribunal. Sin embargo, su constitución no sellevó a cabo durante 1999.En lo referente a la negativa <strong>de</strong> EUA, <strong>de</strong> incrementar los límites a la importación <strong>de</strong> azúcar mexicana, asolicitud <strong>de</strong> México se celebró una reunión <strong>de</strong> la Comisión <strong>de</strong> Libre Comercio <strong>de</strong>l TLCAN, el 17 <strong>de</strong>noviembre <strong>de</strong> 1999 en la ciudad <strong>de</strong> Washington, D.C., para buscar una solución antes <strong>de</strong>lestablecimiento <strong>de</strong>l panel.De manera paralela, se ha continuado con reuniones con funcionarios <strong>de</strong> EUA para alcanzar unasolución negociada. Por la complejidad <strong>de</strong>l asunto, es conveniente agotar totalmente con las instancias<strong>de</strong> negociación antes <strong>de</strong> solicitar el establecimiento <strong>de</strong>l panel.Se evaluarán las acciones a tomar consi<strong>de</strong>rando la importancia <strong>de</strong>l tema en la relación México-EUA. Encualquier caso, se tomará una <strong>de</strong>cisión que sea conveniente para los intereses <strong>de</strong>l país.Página 51 <strong>de</strong> 123

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