13.07.2015 Views

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche

Código de Procedimientos Civiles del Estado de Campeche

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

CÓDIGO DE PROCEDIMIENTOS CIVILES DEL ESTADO DE CAMPECHEPo<strong>de</strong>r Legislativo <strong>de</strong>l <strong>Estado</strong> <strong>de</strong> <strong>Campeche</strong>Oficialía MayorDirección <strong>de</strong> Estudios LegislativosCompendio Jurídico <strong>de</strong>l <strong>Estado</strong>Sección Códigoslo solicitara. En tal caso, el juez admitirá que se practique la prueba <strong>de</strong> que se trata yvalorará tanto la realizada anticipadamente como la realizada con posterioridad.Art. 1434.- Al ofrecer las pruebas, las partes cumplirán lo siguiente:I. Relacionarlas con los hechos controvertidos;II. Indicar los nombres y apellidos <strong>de</strong> los testigos; así como sus respectivosdomicilios;III. Cuando un testigo radique fuera <strong>de</strong> la competencia territorial <strong>de</strong>l juzgado, seexhibirá interrogatorio para los efectos <strong>de</strong>l artículo 414 <strong>de</strong>l presente Código;IV. En la prueba pericial se precisará su objeto y en caso necesario se exhibirá elcuestionario sobre el cual <strong>de</strong>ba versar;V. De no cumplirse con los requisitos a que se refieren las fracciones anteriores y<strong>de</strong> no subsanarse en la audiencia inicial, se <strong>de</strong>secharán; yVI. Cuando se traten <strong>de</strong> documentos que obren ante personas morales o físicas,o <strong>de</strong> informes que <strong>de</strong>ban rendir, se proporcionarán los datos necesarios quepermitan su <strong>de</strong>sahogo, para lo cual se librará <strong>de</strong> manera inmediata el oficio oexhorto correspondiente a fin <strong>de</strong> que, en un término no mayor <strong>de</strong> tres días apartir <strong>de</strong> su recepción, se remitan los documentos o rindan los informessolicitados por el juzgado, con el apercibimiento <strong>de</strong> multa o arresto para elcaso <strong>de</strong> incumplimiento. El oficio o exhorto respectivo quedará a disposición<strong>de</strong>l interesado el día <strong>de</strong> la publicación <strong>de</strong>l acuerdo. La falta <strong>de</strong> interés en el<strong>de</strong>sahogo <strong>de</strong> estos medios <strong>de</strong> prueba surtirá efectos <strong>de</strong> <strong>de</strong>serción en perjuicio<strong>de</strong> la parte oferente.Art. 1435.- Se tendrán por ciertos los hechos que pretendan acreditar las partes al ofrecerlos medios <strong>de</strong> prueba, cuando su contraria impida u obstaculice <strong>de</strong> cualquier forma su<strong>de</strong>sahogo.Art. 1436.- Las posiciones <strong>de</strong>berán llenar los requisitos siguientes:I. Estar formuladas en términos claros y precisos;II. Ser aseverativas, entendiéndose por tales las que en términos afirman algo,aunque estén redactadas en términos negativos;III. Contener hechos propios <strong>de</strong>l que absuelva y no conceptos subjetivos uopiniones;IV. No han <strong>de</strong> ser insidiosas, entendiéndose por tales las que se dirijan a ofuscarla inteligencia <strong>de</strong>l que <strong>de</strong>ba respon<strong>de</strong>r, con objeto <strong>de</strong> obtener una confesióncontraria a la verdad;V. No han <strong>de</strong> contener más <strong>de</strong> un solo hecho. Cuando la posición contenga dos omás hechos, el juez la examinará pru<strong>de</strong>ntemente, <strong>de</strong>terminará si <strong>de</strong>be175

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!