VIOLENCIA DE GÉNERO Y LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
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EL FENÓMENO <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>VIOLENCIA</strong>: SU IMPACTO EN EL SISTEMA JUDICIAL<br />
Como se observa en la Tabla 4a, la forma de términos de las causas es variada, siendo la<br />
sentencia una de las formas menos comunes de término de los juicios.<br />
Tabla 4a Formas de término en causas de Violencia intrafamiliar, en tribunales civiles y de<br />
competencia común, por año.<br />
1998 1999 2000 2001 2002 2003 2004 2005<br />
Sentencia definitiva 751 4.600 5.854 5.873 6.828 8.961 6.786 10.913<br />
Mandamiento Ejecución<br />
y Embargo<br />
0 11 54 0 24 35 62 119<br />
Avenimiento 2.931 10.378 11.492 12.393 13.398 12.349 14.082 11.398<br />
Transacción 109 103 138 136 169 465 108 33<br />
Conciliación 972 6.202 9.220 9.664 10.209 11.220 12.185 9.371<br />
Crédito pagado 0 0 0 0 0 6 10 2<br />
Acumulación 0 0 0 0 0 821 986 788<br />
No da curso 0 0 0 0 0 2.599 3.311 4.594<br />
Sin movimiento 0 0 0 0 0 8.257 28.549 18.212<br />
Niega demanda 0 0 0 0 0 0 10 5<br />
Desistimiento 1.095 3.789 4.940 7.783 10.015 11.757 10.980 10.039<br />
Abandono 786 2.584 3.317 280 157 159 1.878 1.591<br />
Incompetencia 181 1.425 2.022 1.457 2.537 2.515 2.921 2.713<br />
Retiro 26 1.111 1.649 1.727 2.197 2.765 2.636 3.097<br />
Otros motivos 545 9.726 6.541 5.635 6.060 0 0 0<br />
Total 7.396 39.929 45.227 44.948 51.594 61.909 84.504 72.875<br />
Los avenimientos, transacciones y conciliaciones son tres formas en que las partes terminan el<br />
conflicto y que generan confusión en el registro de los datos. La conciliación sería el acuerdo<br />
de las partes ante el juez, la transacción una convención que se celebra entre las partes en<br />
forma extra judicial, y el avenimiento en que puede producirse con o sin o la participación<br />
del tribunal. Creemos que las cifras muestran una ausencia de criterios para distinguir una<br />
de otra, pero creemos que la mayoría de estos casos eran conciliaciones llevadas a cabo en<br />
las audiencias del tribunal, pues la propia ley llamaba a conciliación. Los distintos criterios<br />
pueden apreciarse ante la diversidad de números entre las distintas cortes como se aprecia<br />
en el anexo con esta misma información por corte (Anexo II).<br />
El desistimiento, abandono, retiro y “el no movimiento de las causas” fueron formas comunes<br />
de término. Se aprecia también el término por incompetencia. En este caso, es posible pensar<br />
en dos hipótesis: la incompetencia entre tribunales civiles, y la incompetencia en razón de<br />
los hechos denunciados fueran caracterizados por delitos y remitidos a los tribunales del<br />
crimen. En consecuencia, y como veremos más adelante, el número de juicios que terminan<br />
de forma anómala fue alto y seguirá esa tendencia.<br />
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