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El joven víctima del delito<br />
y el proceso penal<br />
Ricardo Ángel Basilico*<br />
Mi agradecimiento a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos,<br />
al doctor Raúl Plascencia Villanueva, al señor Gobernador Rafael<br />
Moreno Valle Rosas; mi reconocimiento al estimado amigo licenciado<br />
Carlos Zardain. Quiero destacar esto porque las personas que a veces<br />
parecen invisibles son las que hacen posible que hoy estemos aquí,<br />
y con la organización que se ha llevado de manera muy meritoria en<br />
este día.<br />
Hoy no estaría aquí presente si esta invitación no hubiera sido<br />
motivada por el distinguido magistrado argentino que ha luchado por<br />
las víctimas de delitos de lesa humanidad, el doctor Sergio Torres,<br />
quien ha expuesto en la primera mesa; no hubiera sido posible la asistencia<br />
aquí sin que el mencionado doctor Torres, con la bonhomía que<br />
lo caracteriza, no hubiera propuesto mi nombre para estar aquí.<br />
Igualmente, es un honor tener en este distinguido panel, frente a mí,<br />
a quien ha sido y es mi maestro, el doctor Polaino Navarrete, y a una<br />
inclaudicable luchadora por los derechos de las víctimas, la doctora<br />
Hilda Marchiori, lo que llena la responsabilidad el tener que cerrar<br />
este panel, más cuando prácticamente se ha dicho todo ya.<br />
El paradigma, queridos amigos, es cómo se compatibilizan los de rechos<br />
de las víctimas niñas, niños y adolescentes. Básicamente, debemos<br />
tener en cuenta algunos aspectos centrales, como lo es la Convención<br />
de los Derechos del Niño, el derecho interno y dentro de él debemos<br />
tener en cuenta el aspecto penal y el procesal, y ese común denominador<br />
que hemos llevado adelante, que es el interés superior del niño,<br />
* Defensor Público Oficial ante los Tribunales Orales de Menores, Argentina.<br />
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