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décimas jornadas nacionales sobre víctimas del delito 183<br />

rompecabezas. La ley establece en abstracto, en el mundo de las ideas,<br />

un conjunto de elementos que se tienen que ir integrando unos a otros<br />

para configurar un delito y el juez, para imponer la pena que corresponda<br />

por ese delito, tendrá que corroborar que el agente del Ministerio<br />

Pú blico le aportó las pruebas suficientes para acreditar todas y cada<br />

una de las piezas de este rompecabezas.<br />

Entiendan a la trata de personas como una cadena de suministros,<br />

piensen que alguien tiene que llevar a cabo una conducta respecto de<br />

un objeto en particular, con una finalidad y siempre a través de ciertos<br />

medios. En este caso en particular, la trata tiene esta estructura, es una<br />

conducta, promover, solicitar, ofrecer, facilitar, conseguir, trasladar,<br />

entregar o recibir, ¿a quién, a una persona, para sí o para otro, ¿a través<br />

de qué medios, es decir, valiéndose de qué medios, de la violencia<br />

física o moral, el engaño o el abuso del poder y ¿con qué finalidad, para<br />

someterla a explotación y ésta será de carácter sexual; trabajos y servicios<br />

forzados, esclavitud o prácticas análogas a ésta, servidumbre o la<br />

extirpación de un órgano o tejido o sus componentes. En este caso en<br />

particular, el juez tendrá que acreditar el delito de trata de personas dibujando<br />

una línea continua que pase por cada una de las colum nas,<br />

acreditándose uno de los elementos.<br />

Les pongo un ejemplo: el caso de una persona que se dedica a conseguir<br />

muchachas para el servicio doméstico, a las cuales les dice que<br />

no les tiene que pagar nada, basta que le dé de comer y tenga donde<br />

dormir; eso es un trabajo forzado, es una práctica que constituye servidumbre<br />

y evidentemente se atrae a las víctimas por medio de engaños,<br />

se les ofrece que las van a llevar de un pueblito allá en la sierra de<br />

Oaxaca a trabajar a una casa muy bonita en la ciudad de Puebla, y que<br />

la van poner a estudiar, ése es el engaño. Si se dan cuenta, es una persona<br />

que consigue a otra para entregársela a un tercero a través del engaño,<br />

y esa persona que es la víctima va a ser sometida a una práctica de<br />

explotación, que en este caso concreto es la servidumbre.<br />

Para los que somos abogados, decimos que “el tipo penal está sumamente<br />

enredado, tiene muchos verbos rectores, los medios comisivos<br />

son difíciles de integrar y los elementos subjetivos específicos<br />

también resultan un reto para acreditarlos”. En todo caso, para los que<br />

son abogados, les digo, todos los elementos son comunes y existen respecto<br />

de otros delitos, por lo tanto, les pido una segunda reflexión y<br />

que se den cuenta que no es tan complicado acreditarlos. La violencia

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