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décimas jornadas nacionales sobre víctimas del delito 51<br />
una sola foto de su infancia, parecería que nunca existieron hasta que<br />
pudieron encontrar una camarita. Todo, todo lo que hace a la identidad<br />
de ese ser humano, yo tengo derecho a saberlo, luego el derecho<br />
a ser también lo tengo, pero yo me hago, ahí hay una gran diferencia.<br />
Ésas son las dos partes de la identidad.<br />
La forma como yo incorporo todos esos elementos que protegen<br />
los artículos anteriores, va a depender de cada uno de los seres humanos,<br />
esto nosotros lo consideramos mucho, porque muchísimas veces<br />
pasa que aparece una sentencia después de diez años donde se establece<br />
que el niño no era Juan Pérez, era Gustavo García, ¿y por qué él va<br />
a aceptar eso, habrá que ver lo que él quiere, ésa es una forma de<br />
violencia también.<br />
El derecho a expresar su opinión es el derecho a ser oído. El artículo<br />
12, que es muy importante en todos los procedimientos civiles y<br />
penales, en todos los que intervenga un niño, tiene un correlato, que<br />
es la obligación de un adulto de saber escuchar; y para saber escuchar<br />
hay que dar la palabra, dar la palabra significa ofrecer un espacio de<br />
escucha, debemos escuchar alojando al otro; pero ésta es una actitud<br />
subjetiva, un psicólogo lo podría explicar mejor que yo, y en este aspecto<br />
estoy aprendiendo constantemente.<br />
También hay una cosa muy importante. La Convención habla solamente<br />
de un niño que puede formar un criterio, se puede lograr esto<br />
desde hace ya 20 años que se dictó la Convención. El avance de la<br />
ciencia ha sido muy grande, ya se puede escuchar a todo niño, los bebés<br />
nos dicen cosas, si no pregúntenle a un pediatra o a una mamá, cualquier<br />
madre interpreta a su bebé, simplemente hay que observarlo un<br />
poquito, y nos lo estará diciendo con la piel, con su cuerpo, si duerme<br />
demasiado, si no duerme, si llora de esta manera o de la otra, así que hay<br />
que escuchar. Lo que necesitamos es abrir nuestro espectro de competencias,<br />
incorporar al especialista que sepa escuchar a ese niño, porque<br />
el abogado no sabe escuchar a todo el mundo, no sabe escuchar a<br />
nadie, porque la facultad no nos enseña a escuchar. Tenemos que<br />
aprender como todos, así que habrá que oír al especialista que sepa<br />
escuchar al infante.<br />
También tenemos el interés superior del niño. Para nosotros, también<br />
el interés superior al niño es una fórmula jurídica, que tiene un<br />
con tenido, y por supuesto el resguardo de todos los derechos de los<br />
niños, pero cuando se trabaja en forma personal con él, ese interés su-