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décimas jornadas nacionales sobre víctimas del delito 51<br />

una sola foto de su infancia, parecería que nunca existieron hasta que<br />

pudieron encontrar una camarita. Todo, todo lo que hace a la identidad<br />

de ese ser humano, yo tengo derecho a saberlo, luego el derecho<br />

a ser también lo tengo, pero yo me hago, ahí hay una gran diferencia.<br />

Ésas son las dos partes de la identidad.<br />

La forma como yo incorporo todos esos elementos que protegen<br />

los artículos anteriores, va a depender de cada uno de los seres humanos,<br />

esto nosotros lo consideramos mucho, porque muchísimas veces<br />

pasa que aparece una sentencia después de diez años donde se establece<br />

que el niño no era Juan Pérez, era Gustavo García, ¿y por qué él va<br />

a aceptar eso, habrá que ver lo que él quiere, ésa es una forma de<br />

violencia también.<br />

El derecho a expresar su opinión es el derecho a ser oído. El artículo<br />

12, que es muy importante en todos los procedimientos civiles y<br />

penales, en todos los que intervenga un niño, tiene un correlato, que<br />

es la obligación de un adulto de saber escuchar; y para saber escuchar<br />

hay que dar la palabra, dar la palabra significa ofrecer un espacio de<br />

escucha, debemos escuchar alojando al otro; pero ésta es una actitud<br />

subjetiva, un psicólogo lo podría explicar mejor que yo, y en este aspecto<br />

estoy aprendiendo constantemente.<br />

También hay una cosa muy importante. La Convención habla solamente<br />

de un niño que puede formar un criterio, se puede lograr esto<br />

desde hace ya 20 años que se dictó la Convención. El avance de la<br />

ciencia ha sido muy grande, ya se puede escuchar a todo niño, los bebés<br />

nos dicen cosas, si no pregúntenle a un pediatra o a una mamá, cualquier<br />

madre interpreta a su bebé, simplemente hay que observarlo un<br />

poquito, y nos lo estará diciendo con la piel, con su cuerpo, si duerme<br />

demasiado, si no duerme, si llora de esta manera o de la otra, así que hay<br />

que escuchar. Lo que necesitamos es abrir nuestro espectro de competencias,<br />

incorporar al especialista que sepa escuchar a ese niño, porque<br />

el abogado no sabe escuchar a todo el mundo, no sabe escuchar a<br />

nadie, porque la facultad no nos enseña a escuchar. Tenemos que<br />

aprender como todos, así que habrá que oír al especialista que sepa<br />

escuchar al infante.<br />

También tenemos el interés superior del niño. Para nosotros, también<br />

el interés superior al niño es una fórmula jurídica, que tiene un<br />

con tenido, y por supuesto el resguardo de todos los derechos de los<br />

niños, pero cuando se trabaja en forma personal con él, ese interés su-

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