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36 comisión nacional de los derechos humanos<br />
Por tanto, aquí también existe la necesidad de garantizar la intervención<br />
no sólo de autoridades de justicia, sino también de autoridades asistenciales<br />
de los ámbitos de salud, educación, social, entre otros, a través<br />
de sus respectivos puntos de detección y atención inmediata. Y estamos<br />
hablando de puertas de entrada básicas como la escuela, centros de<br />
salud, grupos sociales y comunitarios, y esto remite a lo que habíamos<br />
visto en el comienzo en los diferentes entornos en donde se pueden dar<br />
hechos de violencia contra los niños.<br />
De esta forma tenemos que, volviendo a lo anterior, son circunstancias<br />
que a la vez pueden servir de punto de detección para detonar<br />
una cadena de intervenciones que pueda responder a ese hecho. Pero<br />
además, una vez que esta detección se ha dado en algunos de esos<br />
entornos, es importante que el sistema garantice el acceso efectivo a<br />
la justicia para el niño, la niña o el adolescente víctima, lo cual implica<br />
la adecuación procesal necesaria para que pueda interactuar con el<br />
sistema de justicia, y en particular en condiciones adecuadas para que<br />
este niño participe directamente en el proceso jurídico y especialmente<br />
en la toma de declaraciones infantiles.<br />
Todo esto nos lleva a la tercera característica que tiene que ver con<br />
el procedimiento especializado. Dado que las situaciones de violencia<br />
implican un delito, es necesario que la toma de declaraciones garantice<br />
un acompañamiento y una atención de los procedimientos ministeriales<br />
y judiciales que eviten la revictimización. Aquello explica<br />
la importancia de un procedimiento adecuado y especializado con<br />
personal capacitado, tanto el procedimiento como el personal deberán<br />
garantizar que se tomen en cuenta las particularidades lingüísticas,<br />
emocionales, físicas y morales del desarrollo del niño. Cabe aquí un<br />
par de ejemplos, es necesario prever circunstancias especiales como ser<br />
un niño que tenga una particularidad etnolingüística diferente al<br />
idioma del proceso; es necesario establecer medidas que puedan facilitar<br />
el servicio de un traductor, o puede ser el caso de algún infante que<br />
tenga alguna clase de condición física o emocional que necesite algún<br />
acompañamiento en particular, o simplemente por la edad del niño<br />
se tengan que establecer condiciones adecuadas para que en el proceso<br />
el menor no se sienta abrumado por una situación desconocida que<br />
lo pone en riesgo emocional severo.<br />
Es importante en este sentido que además de estos tres elementos<br />
o características, se tenga en cuenta que todo el sistema deba estar