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Se acata pero no se cumple

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275laS criollaS y SuS trapoSNeruska Rojascriollas, lo que <strong>se</strong> traduce en una férrea rivalidad que <strong>se</strong> expresa a través de los sutiles mecanismo<strong>se</strong>mpleados para la distinción social entre la élite y los <strong>se</strong>ctores subalter<strong>no</strong>s. Al respecto, el autor<strong>se</strong>ñala lo siguiente:Las blancas, que <strong>no</strong> pueden me<strong>no</strong>s de tenerles mala voluntad por la frecuencia con que <strong>se</strong> lashallan de rivales, han con<strong>se</strong>rvado el privilegio exclusivo de colocar<strong>se</strong>, en los templos, sobre alfombrasde lana, las cuales alfombras <strong>se</strong> hacen llevar por sus sirvientes. Una gota de sangre africanabasta para privar de este derecho; por manera que aquellas cuya sangre <strong>no</strong> es perfectamente limpia,están condenadas a ensuciar sus faldas con el polo de las iglesias y a probar con sus rodillasla dureza de las baldosas 63 .Este antagonismo entre morenas y blancas <strong>se</strong> expresó en encarnadas pugnas por el ho<strong>no</strong>rde las criollas principales, quienes <strong>se</strong> <strong>se</strong>ntían amenazadas por los excesos cometidos por lasmulatas; u<strong>no</strong> de los casos más gráficos fue el escándalo que <strong>se</strong> desató hacia el año de 1774en la ciudad de Coro, luego que María Francisca de la Peña y sus hijas <strong>se</strong> aparecieron en el“Santuario del <strong>Se</strong>ñor (…) con alfombras, tapetes, y esteras, sin haber juez que les prohibie<strong>se</strong>en cumplimiento de las Leyes del Rei<strong>no</strong> una prerrogativa tan ajena de su esfera” 64 , esta acciónde las mulatas de Coro fue vista como una terrible afrenta contra el marco jurídico establecidoen las Leyes de Indias y las convenciones sociales de la época que condenaban las pretensionesde movilidad social de pardos y more<strong>no</strong>s libres. El alboroto de los coria<strong>no</strong>s generó toda una63 Ibídem, p. 98.64 “Testimonio de las diligencias obradas en virtud de la orden del Teniente Justicia Mayor, para que las zambas y mulatasce<strong>se</strong>n el uso de alfombras y petates”, Archivo General de la Nación, <strong>Se</strong>cción Diversos, 1774, f. 189.

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