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El Principio de Proporcionalidad y los Derechos Fundamentales - Carlos Bernal Pulido (4ta Edición)

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el alegato de B e c c a r ia en favor de la proporcionalidad de

las penas13, cuya principal doctrina fue recogida luego por

el art. 8o de la Declaración de Derechos del Hombre y del

Ciudadano14.

Además de lo anterior, el principio de proporcionalidad

se desarrolló notablemente durante este período en

el Derecho de policía de Prusia. En este contexto15 resultó

decisiva la doctrina de C a r l G lo t t l ie b S v a r e z, quien esbozó

los subprincipios de necesidad y de proporcionalidad en

sentido estricto16. Asimismo, S v a r ez señaló que la posibilidad

13 "Los obstáculos que aparten a los hombres de los delitos deben ser más fuertes a medida

que los delitos sean más contrarios al bien público y en proporción a los estímulos que

impulsan a ellos. Por ello debe existir una proporción entre los delitos y las penas":

C. B e c c a r ia . De los delitos y de las penas, Aguilar, Madrid, 1982, p. 138. F. d e

V it o r ia había defendido anteriormente la idea de que las penas debían ser

mesuradas, al preguntarse si correspondía a la ley humana reprimir todos

los vicios: "porque las leyes se dan para los imperfectos, conviene que sean tales que

aquéllos puedan soportarlas": La ley, Tecnos, Madrid, 1995, artículo segundo de

la cuestión número 96 (sobre la potestad en la ley humana).

14 Este artículo prescribe: “La ley no debe establecer otras penas que las estricta y

evidentemente necesarias".

15 Cfr., para un panorama de la doctrina del Derecho de policía en Prusia durante

el final del siglo x v n y el comienzo del siglo xviii, M. S t o l l e is. Histoire du droit

public en Allemagne. Droit public impérial et Science de la pólice, 1600-1800, p u e ,

París, 1998, pp. 580 y ss.; esta traducción corresponde al tomo i de la edición

alemana de la obra de S t o l l e is.

16 “El primer principio de Derecho Público señala que el Estado solo tiene derecho a

restringir la libertad de los particulares en cuanto sea necesario para poder hacer

compatibles la libertad y la seguridad. De esta consideración se desprende el primer

principio del Derecho de policía: que solo para evitar un daño temido con gran peso

moral para la sociedad burguesa y sólo bajo la esperanza de alcanzar una ventaja para

el Estado entero puede ser restringida la libertad natural de los ciudadanos individuales

mediante la ley de policía". Asimismo, afirmó S v a r e z : " L os daños que mediante la

restricción de la libertad deben ser evitados, deben tener una importancia mucho mayor

que la desventaja que la comunidad y los particulares sufren a causa de una restricción

semejante". Las citas son de las Vortráge über Recht und Staat, pronunciadas por

S v a r e z en 1791. Las he tomado de la reproducción textual que de ellas hace H.

S c h n e id e r. "Zur Verhaltnismafiigkeits-Kontrolle insbesondere bei Gesetzen", en

a a . w . (Ch. S t a r c k , ed.), Bunderverfassungsgericht und Grundgesetz. Festgabe aus

Anlafi des 25 jáhrigen Bestehens des Bundesverfassungsgericht, t. n, Mohr, Tubinga,

1976, p. 393. S c h n e id e r explica que S v a r e z no podía fundamentar sus máximas

en ninguna disposición de Derecho positivo. Por esta razón, las presentó como

fruto de la Ilustración, “como una expresión de la racionalidad, como máximas de

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