11.05.2013 Views

entinema - Acnur

entinema - Acnur

entinema - Acnur

SHOW MORE
SHOW LESS

You also want an ePaper? Increase the reach of your titles

YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.

INFORME 2007 DE CEAR<br />

Asimismo, podemos encontrar otras motivaciones fundamentales para la<br />

persona refugiada que contribuyen al proceso de reconstrucción de su proyecto<br />

de vida: el conocimiento de la cultura, el desarrollo de las habilidades para aquellos<br />

que se han visto obligados a interrumpir sus estudios al tener que huir de su<br />

país, la creación de lazos sociales ante el aislamiento o el aprendizaje del idioma...<br />

De este modo, el voluntariado supone un elemento de cohesión crucial que<br />

contribuye a neutralizar el miedo a lo desconocido y permite establecer relaciones<br />

que generan una mayor capacidad de adaptación ante el cambio social, tanto<br />

a los propios refugiados o inmigrantes como a los autóctonos.<br />

En esta línea, los voluntarios inmigrantes y refugiados realizan un cambio<br />

positivo en la sociedad mediante su compromiso, algo que fortalece la imagen de<br />

este colectivo ante la sociedad de acogida y contribuye a la confianza mutua.<br />

A modo de conclusión, destacamos que el voluntariado está ofreciendo en la<br />

actualidad un espacio de participación alternativo a miles de ciudadanos cuya<br />

exclusión se legitima institucionalmente a través del ordenamiento jurídico.<br />

NOTAS<br />

222<br />

1. Probablemente, las consecuencias más importantes de esta toma de conciencia, por su carga simbólica,<br />

fueron la detención de Augusto Pinochet en Londres el 16 de octubre de 1998 por orden de la Audiencia<br />

Nacional española y la posterior declaración de nulidad de las leyes de Obediencia Debida y Punto final<br />

por parte de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Argentina.<br />

2. Esta ley se complementa con una actividad frenética para suscribir convenios bilaterales con aquellos países<br />

firmantes del Estatuto de la Corte Penal Internacional que garanticen la no aplicación de las previsiones<br />

del Convenio de Roma a ciudadanos estadounidenses que estuvieran en territorio bajo soberanía de<br />

estos terceros países. La firma de estos convenios bilaterales intenta convertirse en conditio sine qua non<br />

para suscribir acuerdos bilaterales de cooperación en materia económica, política o militar.<br />

3. Estos artículos establecen el uso de la fuerza entre Estados o en las relaciones internacionales sólo en el<br />

caso de agresión (legítima defensa) o de imposición de medidas coercitivas o sancionadoras adoptadas<br />

por las Naciones Unidas o sus órganos y siempre previa aprobación por parte del Consejo de Seguridad.<br />

4. Hasta la fecha, todos los tribunales nacionales de terceros estados distintos de los Estados Unidos que se<br />

han visto compelidos a procesar a personas detenidas previamente en Guantánamo han declarado la irregularidad<br />

de tal centro de detención y la nulidad de las pruebas o confesiones obtenidas en dicho lugar.<br />

En este sentido, recordemos las sentencias del Tribunal Supremo sobre dos casos referidos a ciudadanos<br />

extraditados desde Guantánamo a España para su enjuiciamiento por la posible comisión de delitos de<br />

terrorismo. Nuestro alto tribunal ha manifestado que “las pruebas incriminatorias así obtenidas no pueden<br />

ser lícitamente utilizadas en procedimiento legal alguno”.<br />

5. Fernando Mariño, catedrático de Derecho Internacional Público de la Universidad Carlos III de Madrid y<br />

miembro del Comité contra la Tortura de las Naciones Unidas, ha escrito en un reciente articulo periodístico<br />

que es “ilícito” colaborar de cualquier forma con aquellas autoridades que mantienen la prisión de<br />

Guantánamo, incluso en el muy reservado terreno de la “inteligencia”.<br />

6. Las técnicas recomendadas en el memorando, aplicadas previamente en Guantánamo por el ejército estadounidense<br />

y la CIA, han sido denunciadas incluso por el FBI y consisten en imponer a los detenidos las<br />

siguientes prácticas a fin de extraerles información útil para el combate contra el terrorismo: obligarles a<br />

permanecer de pie durante mucho tiempo; perturbar de manera sistemática sus tiempos de sueño y de<br />

comida; mantener de manera incesante un elevado volumen de música en las celdas de detención o interrogatorio;<br />

no registrar su identidad para que sus familiares y abogados desconozcan su paradero; mantener<br />

detenidos a menores en estas mismas condiciones; y garantizar la impunidad de los mandos involucrados<br />

en estas prácticas.

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!