temas_21
temas_21
temas_21
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
Patrimonio Cultural Hospitalario<br />
Entre 1867 y 1869 el médico sanitarista Pedro Mallo redactó el Reglamento de<br />
Policía Sanitaria Marítima, ya que ejercía como médico de sanidad del puerto de<br />
Buenos Aires.<br />
Recién en 1876, el presidente Nicolás Avellaneda fomento la llegada de extranjeros<br />
con la Ley 817 llamada de Inmigración, con la que colaboró el ministro Simón de<br />
Iriondo. Ésta determinaba las condiciones de seguridad e higiene que debían tener las<br />
naves que transportaban inmigrantes y las acciones que debían realizar los capitanes en<br />
caso de epidemia. No alcanzó para prevenir las enfermedades ya que los problemas<br />
comenzaban en el momento de embarcar y se complicaban –como expresamos anteriormente-<br />
con el hacinamiento, falta de limpieza y alimentación inadecuada durante el viaje.<br />
En 1878 se creó una Junta Provisoria de Higiene Nacional integrada por<br />
Guillermo Rawson, Manuel Aráoz, Eduardo Wilde, Juan Kyle y Teófilo Barón.<br />
En 1880 se creó el Departamento Nacional de Higiene 5 que contaba con más<br />
recursos que la Junta, pero se observa a través de sus publicaciones reclamos al gobierno<br />
en el sentido que se ocupara más de los pobres, mejorando entre otras cosas las<br />
viviendas y controlando la calidad de los alimentos. “Las condiciones de los lazaretos<br />
destinados a internar a los afectados –cortando la cadena de contagio- fueron tan deficientes<br />
que no ofrecían garantías a los enfermos y a la población” 6 .<br />
En 1884 la Ley Nº 1451 autorizaba al Poder Ejecutivo a invertir hasta $400.000<br />
moneda nacional en la construcción e instalación de lazaretos provisorios y en todas las<br />
medidas que fueran necesarias para impedir la importación y propagación del cólera<br />
morbus en la República.<br />
La legislación vigente autorizaba a establecer lazaretos de observación donde<br />
fuera necesario, aunque luego dejó de usarse porque se aplicó el sistema de inspecciones<br />
sanitarias propuesto por el doctor Pedro Mallo.<br />
La Junta Central de Lazaretos tenía atribuciones precisas:<br />
l) determinar la ubicación de todos los lazaretos nacionales que se establecieran<br />
provisoriamente.<br />
2) proceder a su inmediata construcción, previa aprobación de las propuestas que<br />
resultaran más ventajas para el tesoro público.<br />
3) proponer los reglamentos necesarios para la mejor organización y administración<br />
de ellos.<br />
4) inspeccionar y vigilar los establecimientos.<br />
5) imponer las medidas sanitarias más convenientes<br />
5. Existió hasta 1943 cuando fue reemplazado por la Dirección de Salud Pública y Asistencia Social.<br />
6. Recalde, Héctor. El Cólera en la Argentina. Revista Todo es Historia nº 286, 1991<br />
191