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INFORME Inclusion_y_equidad

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<strong>Inclusion</strong> y <strong>equidad</strong>Para combatir estas mentalidades, la condición previa es su reconocimiento. No hay mayor obstáculoo barrera para superar un problema que su propia negación. En ese sentido, en AméricaLatina algunos activistas de derechos humanos han hablado de la necesidad de desmontar el mitode la democracia racial, por lo que el mismo puede suponer de encubridor de la verdadera realidad.La organización de la sociedad civil brasileña Novamérica, comprometida con el desarrollodemocrático en su país, expresaba hace años la siguiente reflexión:“La creencia en una democracia racial constituye en el imaginario de la poblaciónel mito de una sociedad armoniosa, que no se reconoce como racista odiscriminatoria. En este contexto, se precisa un trabajo de formación sistemáticoy a largo plazo con los y las educadoras, posibilitando desvelar el mito dela democracia real, lo que supone el reconocimiento de la diferencia y la afirmaciónde la diversidad y pluralidad de culturas.” 73Falta de aplicación de las leyes: de la proclama a la demandaLa educación inclusiva necesita un marco legal en que apoyarse. En ese marco, los avances hansido notables. El problema estriba en que en muchas sociedades, la institucionalidad es demasiadodébil para que una ley escrita se imponga sobre prácticas y prejuicios de largo arraigo.En las dos últimas décadas, especialmente a partir de la Declaración de Salamanca de 1994, hayuna mayor sensibilidad en las legislaciones de todo el mundo para recoger el derecho a la educaciónen toda su amplitud, es decir, reconociendo las barreras con que se encuentran los gruposvulnerables y tratando de garantizar su acceso en igualdad de condiciones. En esta tendenciapositiva ha influido el hecho de que la comunidad internacional, a través de sus institucionesglobales, haya ido avanzando en el reconocimiento positivo de la diversidad. De esta manera, laOrganización Mundial de la Salud revisó en 2011 su concepto de discapacidad pasando de unenfoque biomédico a uno biopsicosocial. Es decir, se considera la discapacidad como una situaciónmás amplia que comprende tanto las deficiencias, como las limitaciones en la actividad olas restricciones en la participación.La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad aprobada en 2006 supusootro importante paso adelante en la reafirmación y visibilización de los derechos humanos ylibertades fundamentales de que goza cualquier persona con discapacidad, y un impulso paraque los Estados signatarios busquen caminos para hacer efectivo este derecho. La Convenciónestá ratificada por 144 países del mundo.73 Fernández, A. Abriendo caminos para una sociedad más justa. Madrid: INTERED, 2008.61

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