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De lo anterior se desprende que los objetivos de la política de desarrollo social se<br />
encuentran definidos de forma fragmentaria y dispersa; las capacidades básicas a<br />
las que un individuo debería tener acceso no se encuentran apropiadamente<br />
definidas en la legislación vigente, ya sea en la Constitución o en las leyes<br />
secundarias. Por ejemplo, el Artículo 4to de la Constitución menciona que:<br />
<br />
<br />
<br />
Toda persona tiene derecho a la alimentación nutritiva, suficiente y de calidad. El<br />
Estado lo garantizará.<br />
Toda persona tiene derecho a un medio ambiente sano para su desarrollo y<br />
bienestar. El Estado garantizará el respeto a este derecho. El daño y deterioro<br />
ambiental generará responsabilidad para quien lo provoque en términos de lo<br />
dispuesto por la ley.<br />
Toda persona tiene derecho al acceso, disposición y saneamiento de agua para<br />
consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.<br />
El Estado garantizará este derecho y la ley definirá las bases, apoyos y<br />
modalidades para el acceso y uso equitativo y sustentable de los recursos<br />
hídricos, estableciendo la participación de la Federación, las entidades federativas<br />
y los municipios, así como la participación de la ciudadanía para la consecución de<br />
dichos fines.<br />
Si bien éstos son conceptos fundamentales y el cumplimiento de los derechos es<br />
la columna vertebral de la Constitución, en ningún momento se hace referencia a<br />
los indicadores relevantes para medir los derechos ni a los instrumentos y<br />
recursos necesarios para su garantía. ¿Qué es exactamente la alimentación<br />
suficiente y de calidad ¿Cómo se mide ¿Cómo sabemos si se está cumpliendo<br />
o no con la Constitución y los derechos La medición de pobreza que lleva a cabo<br />
el CONEVAL determina algunos de estos indicadores, pero éstos no son<br />
indicadores de cumplimiento de derechos sociales sino pisos mínimos de<br />
desarrollo social.<br />
El Congreso tampoco previó cuál sería el mecanismo para financiar el logro<br />
progresivo de los derechos sociales. Lo anterior implica una contradicción básica<br />
en el proceso normativo: La Constitución obliga a una serie de preceptos, pero la<br />
www.coneval.gob.mx<br />
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EVALUACIÓN DE LA POLÍTICA DE DESARROLLO SOCIAL EN MÉXICO, 2014