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NEONATOLOGIA_Accesible

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3. Considerar la posibilidad de aislamiento en un 20% de los puestos

con sistema de climatización con presión positiva/negativa.

4. En cuidados intensivos se considera adecuada una sala por cada 6

puestos como máximo.

5. La superficie a asignar a cada puesto de incubadora/cuna debe

considerar:

– necesidades derivadas de la atención del RN, entre las que hay

que incluir aspectos como instalación para el lavado de manos

clínico o de preparación de medicamentos;

– la localización de equipos de soporte vital, atención en situación

crítica, equipos portátiles (radiología);

– necesidades derivadas del desarrollo de la atención centrada en

la familia, lo que implica garantizar que la madre/padre pueda

permanecer de modo suficientemente confortable al lado de su

hijo (en un sillón reclinable, cómodo, exclusivo para cada puesto);

disponer de frigorífico para leche, espacio para los efectos

personales del neonato y pequeño depósito para residuos.

– necesidades derivadas de circulación y almacenamiento.

6. La superficie útil para cada puesto de cuidados intensivos (en box

individual o en sala múltiple) no debe ser inferior a 16 m² (dimensión

de 4,10 x 3,90 m).

7. La superficie útil recomendada por puesto de cuidados intensivos

es de 20 m².

La superficie útil necesaria por cada puesto de cuidados básicos es

de 11,5 m², incluido espacio para acceso, el espacio para el lavado

del neonato y para el frigorífico destinado al almacenamiento de

leche.

8. Se considera necesaria una superficie útil mínima de 20 m 2 , para el

box individual/de aislamiento, considerando las necesidades derivadas

de la puerta de acceso y circulación interior, así como el

lavabo y preparación de medicamentos.

9. La unidad debe disponer de una sala de tratamientos por cada 24

cunas/incubadoras.

10. Debe disponerse de una capacidad de almacenamiento de material

fungible que se estima en aproximadamente 0,70 m³ por cada

puesto de cuidados intensivos y de 0,45 m³ por cada puesto de cuidados

intermedios.

11. Se recomienda disponer de un volumen de almacenamiento de

material estéril de 0,20 m³ por neonato.

12. La unidad debe disponer de una sala de estar de padres con una

plaza (de 2 m²) por cada 3 cunas/incubadoras.

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