NEONATOLOGIA_Accesible
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8. Organización y gestión
8.1. Organización y funcionamiento
El Real Decreto 1277/2003 1 establece las bases generales sobre autorización
de centros, servicios y establecimientos sanitarios. De acuerdo a este Real
Decreto, existen los siguientes tipos de unidades de neonatología:
– U.22 Cuidados intermedios neonatales: unidad asistencial en la que,
bajo la responsabilidad de un médico especialista en Pediatría y sus
áreas específicas, se realiza la atención del recién nacido de edad gestacional
superior a 32 semanas o peso superior a 1.500 gramos con
patología leve que necesita técnicas especiales de cuidados medios.
– U.23 Cuidados intensivos neonatales: unidad asistencial en la que,
bajo la responsabilidad de un médico especialista en Pediatría y sus
áreas específicas, se realiza la atención del recién nacido con patología
médico-quirúrgica, con compromiso vital, que precisa de medios
y cuidados especiales de forma continuada.
El hospital debe disponer de un manual de organización y funcionamiento
común en el que se recojan las Unidades asistenciales de cuidados
neonatales disponibles, reflejando:
a) El organigrama.
b) La cartera de servicios.
c) La disposición física de las mismas
d) Los recursos estructurales y de equipamiento de que dispone.
e) El manual de normas sobre los actos más prevalentes del proceso asis
tencial, en función de su cartera de servicios.
El manual de organización y funcionamiento será un documento abierto
y actualizable según las modificaciones en la cartera de servicios, cuando
lo exija la actualización de los protocolos o cuando los cambios estructurales
o funcionales así lo requieran.
Señalar, adicionalmente, que el manual de organización y funcionamiento
se debe desarrollar de forma coherente con la red asistencial correspondiente.
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