IPSO_JURE_No_28
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ALGUNOS APUNTES SOBRE EL DERECHO A LA<br />
INSURGENCIA, LA REBELIÓN Y EL CASTIGO DE LOS<br />
VENCIDOS<br />
Royer Edison VEGA VÁSQUEZ1<br />
SUMARIO: Resumen. Introducción. I El Derecho a la Insurgencia. 1.1. Antecedentes<br />
Legislativos. 1.2. Definición de Insurgencia. 1.3. Bases teóricas y naturaleza violenta del<br />
derecho a la insurgencia. 1.3.1. Bases Teóricas. 1.3.2. Naturaleza Violenta del Derecho a<br />
la Insurgencia. 1.4. El Derecho a la Insurgencia en la Constitución Política de 1993. 1.4.1.<br />
Presupuestos del Derecho de Insurgencia. II. Los Delitos Políticos. 2.1. Delito de Rebelión.<br />
2.1.1. Descripción Típica. 2.1.2. Elementos estructurales de la imputación al tipo penal.<br />
2.2 Otros Delitos Políticos. III. La Rebelión y el derrocamiento del Gobierno legalmente<br />
constituido. 3.1. El Derecho a la insurgencia como causa de Justificación frente a Gobiernos<br />
Usurpadores Legítimos en su origen. 3.2. El derecho a la Insurgencia, un derecho y causa<br />
de justificación ineficaz.4. Conclusiones. 5. Bibliografía.<br />
RESUMEN<br />
Nuestro estudio constituye un breve repaso sobre el derecho a la insurgencia, desde sus<br />
bases teóricas formuladas con seriedad filosófica recién en la edad moderna hasta su<br />
descripción legislativa en el orden constitucional peruano, todo ello a efectos de perfilar<br />
su ejercicio y función en la actual legislación, imprimiendo específica mención en su<br />
alegación como causa de justificación frentealdelito político de rebelión.<br />
A este propósito, se postulan ideas tales como la precisión del ejercicio del derecho a la<br />
insurgencia diferenciándolo de la mera desobediencia civil, y estableciendo en qué casos<br />
generales procede el ejercicio legítimo de cada uno de ellos ante Gobiernos Usurpadores y<br />
funcionarios ilegítimos; para por último, analizar el caso hipotético del ejercicio insurgente<br />
frente a Gobiernos Usurpadores con origen legítimo, tras lo cual se arriba a la idea final de<br />
que el derecho a la insurgencia constituye una causa de justificación realmente ineficaz<br />
en el orden de lo fáctico, cuando nos encontramos ante el ilícito penal de rebelión, pues<br />
pretende regular jurídicamente el imperio absoluto de lo sociopolítico. En ese ideario,<br />
creemos que el derecho de insurgencia debe ocupar un lugar meritorio en un preámbulo<br />
constitucional, mas no en un artículo que desconozca los alcances reales de la ley,<br />
reconociendo que las formulaciones legales deben obedecer a su carácter primario de<br />
medio de control social.<br />
Para sustentar nuestra postura, consideramos sensato efectuar el siguiente estudio de<br />
manera concisa, resumiendo lo mejor posible la densidad de los temas que se verían<br />
involucrados, conforme a los requerimientos propios de esta edición, esperando sí, colmar<br />
prudencialmente las expectativas de sus lectores.<br />
PALABRAS CLAVE:<br />
Desobediencia, insurgencia, resistencia, rebelión, Gobierno, Estado, legitimidad,<br />
funcionario, causa de justificación, población civil.<br />
1 VEGA VÁSQUEZ, Royer Edison. Abogado por la Universidad Privada Antenor Orrego de Trujillo, con estudios concluidos de Maestría en Derecho con Mención en Ciencias Penales por la Universidad<br />
Nacional Mayor de San Marcos.