sobre campos electromagnéticos
guia-campo-electromagneticos-1
guia-campo-electromagneticos-1
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
Sección 5. Material de referencia<br />
163<br />
se verá influido por las dimensiones y la masa del implante, así como por la intensidad<br />
y la frecuencia del campo accesible. No obstante, el cumplimiento de lo dispuesto en<br />
la Recomendación 1999/519/CE del Consejo debería ofrecer una protección adecuada,<br />
en tanto que la presencia de <strong>campos</strong> de mayor intensidad puede estar justificada en<br />
ciertas circunstancias.<br />
E.2.3. Trabajadores que llevan en el cuerpo<br />
dispositivos médicos<br />
Los dispositivos médicos corporales corresponden al ámbito de aplicación de la<br />
Directiva <strong>sobre</strong> los productos sanitarios (93/42/CEE, modificada). Por ello, en ausencia<br />
de información más concreta, las consideraciones en materia de evaluación son las<br />
mismas que se aplican a las interferencias con otros equipos electrónicos médicos<br />
tratadas en la sección E.1.1.<br />
Sin embargo, en general, no es de prever que los dispositivos médicos corporales sean<br />
más sensibles que los implantes activos y los dispositivos que no están diseñados para<br />
percibir parámetros fisiológicos pueden ser menos sensibles que algunos implantes<br />
activos. Por ello, siempre es recomendable entablar contacto con el fabricante para<br />
solicitar información <strong>sobre</strong> la inmunidad frente a interferencias.<br />
E.2.4. Trabajadoras embarazadas<br />
Existen informes referidos a los efectos adversos derivados de la exposición materna<br />
a <strong>campos</strong> magnéticos de baja frecuencia. No obstante, en general, las pruebas de<br />
una asociación entre tales efectos y la exposición a los <strong>campos</strong> de baja frecuencia se<br />
consideran muy poco fehacientes (ICNIRP, 2010). Sin embargo, un grupo de expertos<br />
ha llegado a la conclusión de que el sistema nervioso en desarrollo in utero sí podría<br />
ser sensible a los <strong>campos</strong> eléctricos inducidos variables en el tiempo (NRPB, 2004). El<br />
mismo grupo ha concluido que la limitación de la intensidad de los <strong>campos</strong> eléctricos<br />
inducidos a un valor aproximado de 20 mV/m debería ofrecer una protección al sistema<br />
nervioso en desarrollo in utero. Se ha calculado que ello podría lograrse ciñéndose a<br />
los niveles de referencia relativos a <strong>campos</strong> de baja frecuencia especificados en la<br />
Recomendación 1999/591/CE del Consejo.<br />
Existen pruebas irrefutables de que la elevación de la temperatura corporal de la madre<br />
afecta adversamente al feto y que el sistema nervioso central de este es, al parecer,<br />
especialmente sensible. Se ha llegado a la conclusión de que limitar la SAR global<br />
referida a todo el cuerpo a 0,1 W/kg en el caso de las mujeres embarazadas debería<br />
ofrecer un grado de protección adecuado (NRPB, 2004). Esta limitación es similar a la<br />
restricción básica de la exposición a radiofrecuencias de 0,08 W/kg especificada en la<br />
Recomendación 1999/519/CE del Consejo.<br />
Por ende, un planteamiento pragmático para la mayoría de los empresarios podría<br />
consistir en limitar la exposición de las trabajadoras embarazadas con arreglo a<br />
los niveles de referencia citados en la Recomendación 1999/519/CE del Consejo.<br />
Ello debería ofrecer un grado de protección adecuado tanto a bajas como a altas<br />
frecuencias.<br />
E.2.5. Trabajadores no especificados con riesgos<br />
particulares<br />
Los empresarios deben ser conscientes de que actualmente puede haber grupos de<br />
trabajadores no especificados con riesgos particulares, tales como los trabajadores que<br />
consumen medicamentos específicos indicados para afecciones reconocidas.