sobre campos electromagnéticos
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84 Guía no vinculante de buenas prácticas para la aplicación de la Directiva 2013/35/UE <strong>sobre</strong> <strong>campos</strong> <strong>electromagnéticos</strong> — Volumen 1<br />
10. PREPARACIÓN PARA EMERGENCIAS<br />
En caso de que los empresarios manejen equipos o lleven a cabo actividades que<br />
puedan dar lugar a incidentes adversos, deberán contar con planes de emergencia<br />
para gestionar las consecuencias. En este contexto, entre los incidentes adversos<br />
cabría incluir las situaciones en las que alguien sufre lesiones o enferma, y percances<br />
o circunstancias no deseadas. Entre los incidentes adversos también se pueden incluir<br />
situaciones en las que se supera un valor límite de exposición (VLE) aunque nadie sufra<br />
lesiones (y no se aplica ninguna excepción). Podría citarse, a modo de ejemplo, el caso<br />
en que un antenista entra involuntariamente en la zona de exclusión de un transmisor<br />
de alta potencia antes de que se haya desconectado.<br />
Los incidentes adversos también pueden deberse a efectos indirectos como la interferencia<br />
con dispositivos médicos implantados o la ignición de un ambiente inflamable. Otro<br />
ejemplo podría referirse a la atracción de un objeto ferromagnético al tubo central de una<br />
unidad de RMN debido al intenso campo magnético (el denominado «efecto proyectil»).<br />
Cuadro 10.1. Hipótesis que deben preverse en los planes de contingencia<br />
Los planes de contingencia deben prever acciones y responsabilidades<br />
en caso de que:<br />
la exposición real de los trabajadores supere un VLE (sin que se aplique una excepción)<br />
se produzca realmente un incidente adverso derivado de un efecto indirecto<br />
se sospeche que la exposición de los trabajadores supera un VLE<br />
se produzca un percance o una consecuencia no deseada en relación con un efecto indirecto<br />
10.1. Elaboración de planes<br />
La evaluación de riesgos elaborada con arreglo al artículo 4 de la Directiva CEM debe<br />
permitir al empresario identificar incidentes adversos razonablemente previsibles<br />
(véase el capítulo 5 de la presente guía). Una vez que el empresario haya identificado y<br />
comprendido la naturaleza de estos posibles incidentes adversos, será posible elaborar<br />
planes para gestionar las consecuencias. En ciertos casos, los fabricantes pueden incluir<br />
procedimientos de emergencia en su documentación y estos gozarán de prioridad.<br />
La mayoría de empresarios cuenta ya con planes de emergencia generales y los<br />
incidentes adversos derivados de la exposición a CEM podrían incluirse en tales regímenes.<br />
Los planes de emergencia pueden incluir indicaciones para la administración de primeros<br />
auxilios y la realización del examen médico posterior (véase el capítulo 11 de la presente<br />
guía). En cualquier caso, el nivel de detalle y la complejidad de los planes dependerán del<br />
riesgo. En general, constituye una buena práctica llevar a cabo simulacros referidos a los<br />
planes de emergencia para identificar deficiencias y mantenerlos frescos en el recuerdo.<br />
10.2. Respuesta ante incidentes adversos<br />
La respuesta ante cualquier incidente adverso será inevitablemente dinámica y se<br />
basará en su naturaleza y su gravedad. En la figura 10.1 se ilustra una concatenación<br />
típica de acontecimientos en respuesta a un incidente. No todas las acciones serán<br />
necesariamente adecuadas en todos los incidentes adversos.