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EU<br />
ESTADOS UNIDOS<br />
GUÍA DE EQUIVALENCIAS PRL ENTRE PAÍSES<br />
ESTADOS UNIDOS - <strong>ESP</strong>AÑA<br />
El Plan de Actuación frente a Emergencias deberá ser confeccionado por escrito,<br />
debiendo contar con una copia dentro del centro de trabajo al cual aplique. Deberá<br />
además estar disponible para los trabajadores o su representación en todo momento.<br />
A modo de excepción, en aquellas organizaciones que cuenten con un volumen<br />
de plantilla de 10 o menos trabajadores, la elaboración escrita de este documento<br />
no será exigible. De todos modos, el empresario deberá en estos casos<br />
informar a los trabajadores sobre las consignas y procedimientos a seguir en caso<br />
de que una situación de emergencia se materializarse en el establecimiento.<br />
En cuanto al contenido del que deberán disponer los Planes de Actuación frente a<br />
Emergencias, el Estándar 29-CFR 1910.38 dispone los siguientes puntos mínimos:<br />
Plan de acción frente a emergencias<br />
1. Procedimiento y medios de comunicación de incendios y otras emergencias.<br />
2. Procedimiento de evacuación.<br />
3. Asignación de procedimientos y vías de evacuación.<br />
4. Planos de planta del centro de trabajo, en el que se identifiquen medios de extinción, de<br />
alarma, salidas de emergencia, vías de evacuación y áreas de refugio (si las hubiera).<br />
5. Nombre, títulos de puesto, departamento e información de contacto dentro y fuera de la<br />
empresa de personas individuales con las que se pueda contactar para aclarar el contenido<br />
del plan.<br />
6. Identificación y procedimientos de actuación para el personal que ostente un rol específico<br />
en materia de emergencias (equipos de primera intervención, de primeros auxilios,<br />
de evacuación, etc.)<br />
El contenido de estos Planes de Acción frente a Emergencias deberá ser revisado<br />
siempre que se produzca una de las 3 causas siguientes:<br />
1. Incorporación de un trabajador al centro.<br />
2. Cuando se determine un cambio en cuanto a las responsabilidades de actuación<br />
de los empleados involucrados en la gestión de emergencias, plasmadas éstas<br />
en el documento.<br />
3. Cuando se produzca un cambio en el plan, motivado por una modificación de las<br />
condiciones materiales y de trabajo existentes en el centro.<br />
Asimismo, los centros de trabajo del país deberán estar dotados de Sistemas de<br />
Alarma adecuados (cumpliendo con los requisitos dispuestos en el Estándar 29-<br />
CFR 1910.165) y debidamente mantenidos.<br />
Por otra parte, el empresario tiene la obligación de formar a empleados (la norma<br />
no determina su número) para que desempeñen un rol específico en materia de<br />
actuación frente a emergencias, y más concretamente, para la asistencia y coordinación<br />
de las evacuaciones que deban realizarse en el establecimiento industrial.<br />
Además de las sanciones legalmente establecidas en cuanto a la gestión de emergencias,<br />
el empresario podrá también ver paralizada su actividad en el caso de que<br />
un inspector de la OSHA detecte que se está dando en el centro de trabajo una situación<br />
de riesgo grave e inminente para los trabajadores que allí operan.<br />
7. Establecimiento de un punto de reunión.<br />
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