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ITA<br />
ITALIA<br />
GUÍA DE EQUIVALENCIAS PRL ENTRE PAÍSES<br />
ITALIA - <strong>ESP</strong>AÑA<br />
4. Control (y fiscalización) de la gestión<br />
4.1. Auditorías<br />
El Decreto Legislativo nº 231/2001, por el que se establece el «Reglamento sobre<br />
la responsabilidad administrativa de las personas jurídicas, compañías y asociaciones<br />
con o sin personalidad jurídica», dispone en sus artículos 6 y 7 una serie de<br />
supuestos o acciones por parte de la organización por los que se le exime de dicha<br />
responsabilidad administrativa. En concreto, esta exención de responsabilidades<br />
pasa por demostrar que la empresa ha adoptado y efectivamente implementado<br />
un modelo de organización, gestión y control orientado a la prevención de uno de<br />
los delitos tipificados en la norma y que dan lugar a las sanciones antes reflejadas.<br />
La empresa deberá además disponer de una estructura interna para el control de<br />
la eficacia del sistema adoptado.<br />
En materia de seguridad y salud laboral, la exención de tales responsabilidades<br />
pasa por la implantación de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en<br />
el Trabajo. En este sentido, el ordenamiento jurídico de Italia no establece la<br />
necesidad de adoptar un estándar en concreto, siempre y cuando este goce de<br />
reconocimiento a nivel internacional. El más utilizado en el país es el estándar<br />
OHSAS 18.001.<br />
4.2. Inspección de Trabajo<br />
En Italia, el control del cumplimiento de la legislación laboral y de seguridad y salud<br />
es el llevado a cabo por los organismos de inspección en el trabajo. Las dos instituciones<br />
responsables de la programación y coordinación de la actividad inspectora<br />
son el Ministerio de Trabajo y la Dirección General para la Coordinación de las Actividades<br />
de Inspección (GDCIA).<br />
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