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ITA<br />

ITALIA<br />

GUÍA DE EQUIVALENCIAS PRL ENTRE PAÍSES<br />

ITALIA - <strong>ESP</strong>AÑA<br />

Concepto Analogías Diferencias<br />

Concepto Analogías Diferencias<br />

Reconocimientos<br />

médicos<br />

Evaluación<br />

de riesgos<br />

El ofrecimiento de la realización de<br />

los reconocimientos médicos es un<br />

requisito atribuible a la figura el empresario<br />

en ambos estados.<br />

El trabajador escoge de forma voluntaria<br />

someterse a los reconocimientos<br />

médicos, con la excepción<br />

de aquéllos que están expuestos a<br />

una serie de riesgos específicos o<br />

especiales tipificados en las normativas<br />

de los respectivos países.<br />

Los resultados de los reconocimientos<br />

son de carácter confidencial y<br />

solo pueden tener acceso a ellos el<br />

paciente y el servicio médico. El empresario<br />

conoce únicamente el grado<br />

en que el empleado es apto para<br />

el puesto de trabajo.<br />

En ambos países, todas las organizaciones,<br />

sea cual sea su tamaño,<br />

están obligadas a llevar a cabo una<br />

evaluación de los riesgos y documentar<br />

la misma.<br />

En Italia, el reconocimiento puede<br />

considerar al trabajador como no<br />

apto de forma temporal, debiendo<br />

incluir para ello en el certificado de<br />

aptitud la fecha a partir de la cual el<br />

empleado se considerará apto para<br />

el ejercicio de sus funciones.<br />

Existe la posibilidad, para determinados<br />

tipos de reconocimiento médico,<br />

de incorporar pruebas médicas<br />

orientadas a la detección de la dependencia<br />

al alcohol.<br />

Mientras que en España la evaluación<br />

de riesgos se centra en los riesgos<br />

del puesto de trabajo, en Italia<br />

se permite llevar a cabo la evaluación<br />

sobre los puestos de trabajo o<br />

bien sobre las actividades que realizan<br />

los integrantes de la plantilla.<br />

Revisión de<br />

la evaluación<br />

de riesgos<br />

Planificación<br />

de la actividad<br />

preventiva<br />

Coordinación<br />

de Actividades<br />

En los dos países convergen tres<br />

causas por las que debe llevarse a<br />

cabo una reevaluación de los riesgos:<br />

accidente de trabajo, modificación<br />

sustancial de las condiciones<br />

laborales y por petición expresa de<br />

la autoridad laboral.<br />

Para cada actividad o medida preventiva<br />

debe asignarse un presupuesto,<br />

designar a un responsable<br />

para su gestión y establecer un plazo<br />

para su cumplimiento.<br />

Debe ser documentada y disponible<br />

a petición de la autoridad laboral.<br />

Ambas regulaciones contemplan la<br />

obligación de confeccionar un Plan<br />

de Seguridad y Salud en las obras de<br />

construcción (en Italia: Piano operativo<br />

di sicurezza, P.O.S.).<br />

En Italia, si el médico del trabajo,<br />

previo reconocimiento médico a uno<br />

o más trabajadores, recomienda la<br />

revisión de la evaluación de riesgos,<br />

la revisión resulta obligatoria.<br />

Tal y como establece la normativa<br />

italiana, siempre que se produzca<br />

una de las causas que motivan la revisión,<br />

el empresario dispondrá de<br />

30 días para reevaluar el puesto o la<br />

actividad desde la fecha en la que se<br />

produce la causa.<br />

En Italia, no es necesario documentar<br />

la gestión de la CAE en centros<br />

de trabajo de bajo riesgo donde la<br />

concurrencia no vaya a superar los<br />

5 días.<br />

Los nuevos negocios establecidos<br />

en Italia tienen 90 días para confeccionar<br />

y disponer de su evaluación<br />

de riesgos.<br />

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