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ITA<br />
ITALIA<br />
GUÍA DE EQUIVALENCIAS PRL ENTRE PAÍSES<br />
ITALIA - <strong>ESP</strong>AÑA<br />
Concepto Analogías Diferencias<br />
Concepto Analogías Diferencias<br />
Reconocimientos<br />
médicos<br />
Evaluación<br />
de riesgos<br />
El ofrecimiento de la realización de<br />
los reconocimientos médicos es un<br />
requisito atribuible a la figura el empresario<br />
en ambos estados.<br />
El trabajador escoge de forma voluntaria<br />
someterse a los reconocimientos<br />
médicos, con la excepción<br />
de aquéllos que están expuestos a<br />
una serie de riesgos específicos o<br />
especiales tipificados en las normativas<br />
de los respectivos países.<br />
Los resultados de los reconocimientos<br />
son de carácter confidencial y<br />
solo pueden tener acceso a ellos el<br />
paciente y el servicio médico. El empresario<br />
conoce únicamente el grado<br />
en que el empleado es apto para<br />
el puesto de trabajo.<br />
En ambos países, todas las organizaciones,<br />
sea cual sea su tamaño,<br />
están obligadas a llevar a cabo una<br />
evaluación de los riesgos y documentar<br />
la misma.<br />
En Italia, el reconocimiento puede<br />
considerar al trabajador como no<br />
apto de forma temporal, debiendo<br />
incluir para ello en el certificado de<br />
aptitud la fecha a partir de la cual el<br />
empleado se considerará apto para<br />
el ejercicio de sus funciones.<br />
Existe la posibilidad, para determinados<br />
tipos de reconocimiento médico,<br />
de incorporar pruebas médicas<br />
orientadas a la detección de la dependencia<br />
al alcohol.<br />
Mientras que en España la evaluación<br />
de riesgos se centra en los riesgos<br />
del puesto de trabajo, en Italia<br />
se permite llevar a cabo la evaluación<br />
sobre los puestos de trabajo o<br />
bien sobre las actividades que realizan<br />
los integrantes de la plantilla.<br />
Revisión de<br />
la evaluación<br />
de riesgos<br />
Planificación<br />
de la actividad<br />
preventiva<br />
Coordinación<br />
de Actividades<br />
En los dos países convergen tres<br />
causas por las que debe llevarse a<br />
cabo una reevaluación de los riesgos:<br />
accidente de trabajo, modificación<br />
sustancial de las condiciones<br />
laborales y por petición expresa de<br />
la autoridad laboral.<br />
Para cada actividad o medida preventiva<br />
debe asignarse un presupuesto,<br />
designar a un responsable<br />
para su gestión y establecer un plazo<br />
para su cumplimiento.<br />
Debe ser documentada y disponible<br />
a petición de la autoridad laboral.<br />
Ambas regulaciones contemplan la<br />
obligación de confeccionar un Plan<br />
de Seguridad y Salud en las obras de<br />
construcción (en Italia: Piano operativo<br />
di sicurezza, P.O.S.).<br />
En Italia, si el médico del trabajo,<br />
previo reconocimiento médico a uno<br />
o más trabajadores, recomienda la<br />
revisión de la evaluación de riesgos,<br />
la revisión resulta obligatoria.<br />
Tal y como establece la normativa<br />
italiana, siempre que se produzca<br />
una de las causas que motivan la revisión,<br />
el empresario dispondrá de<br />
30 días para reevaluar el puesto o la<br />
actividad desde la fecha en la que se<br />
produce la causa.<br />
En Italia, no es necesario documentar<br />
la gestión de la CAE en centros<br />
de trabajo de bajo riesgo donde la<br />
concurrencia no vaya a superar los<br />
5 días.<br />
Los nuevos negocios establecidos<br />
en Italia tienen 90 días para confeccionar<br />
y disponer de su evaluación<br />
de riesgos.<br />
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