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ITA<br />

ITALIA<br />

GUÍA DE EQUIVALENCIAS PRL ENTRE PAÍSES<br />

ITALIA - <strong>ESP</strong>AÑA<br />

medidas de prevención, sustancias y preparados peligrosos empleados, equipos de<br />

trabajo, maquinaria, sistemas y organización del trabajo y accidentes y enfermedades<br />

profesionales.<br />

A Promover la preparación, identificación y puesta en práctica de las medidas<br />

preventivas necesarias para la protección de la seguridad y salud de los trabajadores.<br />

A Colaborar con los inspectores del trabajo durante la ejecución de las visitas.<br />

A Recurrir a las autoridades competentes cuando considere que se está vulnerando<br />

alguno de los derechos aquí citados.<br />

El número de representantes de los trabajadores en materia de seguridad se establecerá<br />

mediante convenio colectivo. En caso de no disponer de él o bien no se<br />

pronuncie a tales fines, el número mínimo de representantes guardará la siguiente<br />

composición:<br />

A 1 representante: hasta 200 trabajadores.<br />

A 3 representantes: de 201 a 1000 trabajadores.<br />

A 6 representantes: más de 1000 trabajadores.<br />

En función del tamaño y características de la organización, el representante de<br />

seguridad podrá actuar en el ámbito de toda la organización, en el de un territorio<br />

(varios centros de trabajo dentro de una delimitación geográfica) o bien para una<br />

única unidad de negocio.<br />

En todo caso, deberán poseer una formación para el desempeño de su rol. Deberán<br />

asistir a unos cursos formativos de 32 horas como mínimo, 12 de las cuales incorporarán<br />

en su contenido los riesgos presentes en el lugar de trabajo y las medidas<br />

preventivas implementadas frente a estos.<br />

Por otro lado, el representante de los trabajadores en materia de seguridad es uno<br />

de los componentes que conforman la reunión periódica anual convocada por el<br />

empresario y que tiene por objeto debatir sobre aspectos relativos a la prevención<br />

de riesgos profesionales. Estas reuniones anuales, de obligado cumplimiento para<br />

aquellas organizaciones con más de 15 empleados, supone un mecanismo de participación<br />

y consulta en si mismo. En ellas, el empresario proporciona a los otros<br />

participantes (responsable de seguridad y salud, médico del trabajo y representante<br />

de seguridad) la evaluación de riesgos, los registros de accidentes y enfermedades,<br />

los criterios de selección de equipos de protección individual y los programas<br />

formativos implementados a efectos de discutir su idoneidad y detectar<br />

puntos de mejora.<br />

5.6. Coordinación de actividades<br />

La legislación italiana en materia de seguridad y salud establece que aquellas empresas<br />

que concurran en un mismo centro de trabajo tienen la obligación de coordinarse<br />

entre ellas para garantizar la seguridad y salud de sus trabajadores. Este<br />

deber de coordinación se concreta en:<br />

A Cooperación entre empresarios concurrentes para la determinación de consignas<br />

en materia de seguridad y salud aplicables en el centro de trabajo, a raíz de<br />

la naturaleza de la actividad que cada una de ellas desarrolla.<br />

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