ESP
1q4Thpl
1q4Thpl
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
ITA<br />
ITALIA<br />
GUÍA DE EQUIVALENCIAS PRL ENTRE PAÍSES<br />
ITALIA - <strong>ESP</strong>AÑA<br />
Independientemente de la modalidad del servicio de prevención adoptada por parte<br />
del empresario, la normativa italiana asigna a los servicios de prevención la<br />
responsabilidad de llevar a cabo las funciones que a continuación se detallan:<br />
A Identificación, evaluación y propuesta de medidas preventivas orientadas a la<br />
eliminación o control de los riesgos presentes en el lugar de trabajo.<br />
A Desarrollar en la medida de lo posible tales medidas preventivas y realizar un<br />
control de su eficacia.<br />
A Desarrollar procedimientos de seguridad para distintas actividades o puestos<br />
de trabajo.<br />
A Proveer y aplicar programas de información y formación a los trabajadores de<br />
la empresa.<br />
A Participar en las consultas relativas a la protección de la seguridad y salud y<br />
asistir a las reuniones periódicas del Comité de Seguridad y Salud.<br />
A En el caso de contar con un servicio de medicina del trabajo, la vigilancia de la<br />
salud también quedaría incluida en la lista de atribuciones del servicio de prevención.<br />
Formación técnicos en PRL<br />
En Italia, la figura del técnico de prevención viene regulada por el artículo 32 del<br />
Decreto Legislativo nº 81 de 2009, en el cual se distinguen dos categorías de profesionales<br />
dentro de los servicios de prevención: técnicos asignados al servicio y<br />
responsables del servicio.<br />
Tal y como se dispone en el art. 32.1, la capacitación que deberán ostentar ambos<br />
profesionales del ámbito de la prevención deberá ser acorde a la naturaleza de los<br />
riesgos presentes en el lugar de trabajo y guardando relación con las actividades<br />
que se desarrollan en la empresa en la que prestan servicio. Este requisito, se aplica<br />
tanto a los profesionales de los servicios propios como a los de los servicios<br />
externos.<br />
Por otro lado, existen algunos requisitos adicionales en cuanto a su formación dependiendo<br />
de la categoría que ostenten:<br />
A Personal técnico: Deberá estar en posesión de un título no inferior a la Educación<br />
Secundaria Superior y realizar un curso de formación específica y presencial<br />
cuyas materias deberán capacitar al trabajador para la gestión de los riesgos profesionales<br />
existentes en los establecimientos en los que opera.<br />
A Jefe / Responsable del Servicio: Además de la formación anterior, deberá poseer<br />
un certificado de formación que acredite su asistencia a un curso de formación<br />
específica en materia de prevención y protección de riesgos profesionales<br />
(equipos de trabajo, sustancias y preparados químicos, disposición de los lugares<br />
de trabajo, riesgos relacionados con la seguridad, ergonomía y psicosociología; y<br />
protección de empleados especialmente sensibles), curso de organización y gestión<br />
de la actividad técnico-administrativa, un curso de técnicas de comunicación<br />
en la empresa y un último curso de relacionales laborales.<br />
Los cursos y formaciones a los que hace referencia este apartado pueden ser proporcionados<br />
por organismos públicos como el INAIL, ISPESL, universidades y entidades<br />
formativas acreditadas.<br />
38