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Resolución General Nº 1101 - DentroDe.com.ar

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LEGISLACIÓN IMPOSITIVA<br />

presentaciones realizadas en el marco del régimen se hallan<br />

en curso de ejecución.<br />

Que el ordenamiento jurídico contempla la retroactividad<br />

del acto conforme al artículo 13 de la Ley de Procedimientos<br />

Administrativos Nº 19.549.<br />

Que la DIRECCIÓN GENERAL <strong>DE</strong> ASUNTOS JURÍDI-<br />

COS del MINISTERIO <strong>DE</strong> ECONOMÍA ha tomado la<br />

intervención que le compete.<br />

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones<br />

conferidas por el artículo 9º del Decreto Nº 257/99.<br />

Por ello,<br />

EL SECRETARIO <strong>DE</strong> INDUSTRIA RESUELVE:<br />

Artículo 1º– Incorpórase al universo de bienes comprendidos<br />

en el régimen creado por el Decreto Nº 257/99, las<br />

posiciones arancelarias N.C.M. (Nomenclatura Común<br />

MERCOSUR) 8423.82.00 y 8423.89.00 a partir de la vigencia<br />

de la Resolución ex-S.l.C.M. Nº 204/99.<br />

Artículo 2º– Facúltase a la SUBSECRETARÍA <strong>DE</strong> IN-<br />

DUSTRIA para instrumentar las medidas conducentes a un<br />

eficaz reordenamiento administrativo de las presentaciones<br />

y evaluaciones realizadas en el marco del régimen creado<br />

por el Decreto Nº 257/99, hasta su finalización.<br />

Artículo 3º– Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección<br />

Nacional del Registro Oficial y archívese.— Carlos E.<br />

Sánchez.<br />

Resolución Nº 103/2001<br />

CONVENIOS PARA MEJORAR LA COMPETITIVIDAD Y LA GENERACIÓN <strong>DE</strong><br />

EMPLEO. Requisitos que deben cumplir los sujetos de la Cadena de Valor del Sector Automotriz,<br />

a los efectos del otorgamiento de los beneficios establecidos en el Decreto Nº 730/2001.<br />

(B.O. Nº 29.765 del 01/11/2001)<br />

Buenos Aires, 30/10/2001<br />

VISTO el Expediente Nº 060–005899/2001 del Registro del<br />

Ministerio de Economía, y<br />

CONSI<strong>DE</strong>RANDO:<br />

Que mediante el Decreto Nº 730 de fecha 1º de junio de<br />

2001 se adoptaron las medidas pertinentes que conllevan a<br />

la efectivización de los compromisos asumidos por el Gobierno<br />

Nacional en los Convenios para Mejorar la Competitividad<br />

y la Generación de Empleo.<br />

Que de acuerdo a lo previsto en el artículo 2º del precitado<br />

decreto resulta necesario precisar las limitaciones y establecer<br />

los requisitos que deberán cumplimentar los sujetos comprendidos<br />

en los Convenios, para acceder a los beneficios<br />

de los mismos.<br />

Que con fecha 23 de mayo de 2001 el Gobierno Nacional,<br />

los Gobiernos Provinciales adheridos, el Gobierno de la<br />

Ciudad Autónoma de Buenos Aires y los representantes de<br />

las Entidades Sindicales y del Sector Privado integrantes de<br />

la Cadena de Valor del Sector Automotriz suscribieron un<br />

Convenio que prevé un conjunto de medidas fiscales destinadas<br />

a mejorar la competitividad y el empleo en dicha<br />

Cadena de Valor.<br />

Que a raíz de ello resulta necesario definir un procedimiento<br />

para identificar las unidades económicas empresarias que<br />

forman parte de dicha Cadena de Valor.<br />

Que el Decreto Nº 761 de fecha 11 de junio de 2001<br />

establece en su artículo 2º que el acceso total o parcial a los<br />

beneficios por parte de cada empresa estará condicionado<br />

por la incidencia que para ella tenga la actividad prevista en<br />

los mismos.<br />

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio<br />

de Economía ha tomado la intervención que le compete.<br />

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades<br />

conferidas en el artículo 2º del Decreto Nº 730/2001 y en el<br />

Decreto Nº 373 de fecha 28 de febrero de 2001.<br />

Por ello,<br />

EL SECRETARIO <strong>DE</strong> INDUSTRIA<br />

RESUELVE:<br />

Artículo 1º— A los efectos del otorgamiento de los beneficios<br />

establecidos en el Decreto Nº 730 de fecha 1º de junio de<br />

2001, entiéndese como beneficiarios a aquellos sujetos de<br />

la Cadena de Valor del Sector Automotriz que cumplan con<br />

la totalidad de los siguientes requisitos:<br />

a) Que fabriquen uno (1) o más bienes comprendidos en las<br />

posiciones de la Nomenclatura Común del Mercosur<br />

que se detallan en el Anexo I, que con nueve (9) fojas,<br />

forma parte integrante de la presente resolución o que<br />

sean Concesionarios Oficiales de Empresas Terminales<br />

Automotrices o empresas controlantes de dichos concesionarios,<br />

siempre y cuando detenten una participación<br />

superior al noventa por ciento (90%) del capital social<br />

136 / APLICACION TRIBUTARIA

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