TABLA DE CONTENIDO
Resolución General Nº 1101 - DentroDe.com.ar
Resolución General Nº 1101 - DentroDe.com.ar
Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
LEGISLACIÓN IMPOSITIVA<br />
DIRECCIÓN GENERAL <strong>DE</strong> RENTAS <strong>DE</strong> LA<br />
CIUDAD AUTÓNOMA <strong>DE</strong> BUENOS AIRES<br />
Resolución Nº 3.808/2001<br />
PROCEDIMIENTO. Habilítanse días y horas inhábiles en el mes de diciembre del corriente<br />
para practicar notificaciones referentes al procedimiento de determinación de oficio e instrucción<br />
de sumarios.<br />
(B.O. C.A.B.A. Nº 1.291 del 05/10/2001)<br />
Buenos Aires, 01/10/2001<br />
VISTO la inminencia de la prescripción fiscal a ocurrir el<br />
31 de diciembre de 2001; y<br />
CONSI<strong>DE</strong>RANDO:<br />
Que corresponde a esta Administración Tributaria evitar la<br />
comisión de todo posible perjuicio al Fisco local, adoptando<br />
los recaudos necesarios y convenientes.<br />
Que dentro de ellos se encuentra la habilitación de días y<br />
horas inhábiles durante el mes de diciembre de 2001, a fin<br />
de practicar las diligencias de notificación en el procedimiento<br />
de determinación de oficio y en la instrucción de<br />
sumarios, ya sean conexos con aquél o independientes.<br />
Que tal habilitación significa que la notificación practicada<br />
bajo las circunstancias expresadas en el párrafo anterior, se<br />
considera efectuada en día hábil.<br />
Por ello, en ejercicio de las funciones que le son propias.<br />
EL DIRECTOR GENERAL <strong>DE</strong> LA DIRECCIÓN GENERAL<br />
<strong>DE</strong> RENTAS <strong>DE</strong> LA CIUDAD AUTÓNOMA <strong>DE</strong> BUENOS<br />
AIRES RESUELVE:<br />
Artículo 1º— Habilitar como hábiles, los días y horas<br />
inhábiles para la Administración del Gobierno de la Ciudad,<br />
correspondientes al mes de diciembre de 2001, a fin de<br />
practicar las diligencias de notificación propias del procedimiento<br />
de determinación de oficio y de la instrucción de<br />
sumario, ya sea conexo con aquél o independiente.<br />
Artículo 2º— La notificación efectuada de conformidad<br />
con lo expresado en el artículo anterior se ha de considerar<br />
como efectuada en día hábil.<br />
Artículo 3º— Regístrese. Publíquese en el Boletín Oficial.<br />
Para su conocimiento y demás efectos, pase a las Subdirecciones<br />
Generales y demás sectores dependientes directamente<br />
de esta Dirección General.– Otero.<br />
Resolución Nº 3.813/2001<br />
PROCEDIMIENTO. Establécese reglamentación aplicable a la refinanciación de regímenes<br />
de facilidades caducos al 31/07/2001 y a la reducción de tasa de interés de planes en vigencia.<br />
(B.O. C.A.B.A. Nº 1.292 del 09/10/2001)<br />
Buenos Aires, 02/10/2001<br />
VISTO la Resolución Nº 1.651/2001 (S.H.y. F.) (B.O.<br />
Nº 1.279), por la que se dispone la refinanciación de los<br />
regímenes de facilidades de pago cuya caducidad se hubiera<br />
producido hasta el 31 de julio de 2001; y<br />
CONSI<strong>DE</strong>RANDO:<br />
Que la norma invocada faculta a la Dirección General de<br />
Rentas a dictar las normas reglamentarias y a fijar las fechas<br />
de vencimiento;<br />
Por ello, en ejercicio de las atribuciones conferidas por la<br />
Resolución Nº 1.651/2001 (S.H.y. F.);<br />
APLICACION TRIBUTARIA / 153