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Resolución General Nº 1101 - DentroDe.com.ar
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LEGISLACIÓN IMPOSITIVA<br />
6 Coeficiente de Participación de los Ingresos<br />
Originados por la Actividad Industrial Automotriz<br />
en los Ingresos Totales (2 + 3)/1<br />
Nota Nº 4: No deben ser incluidos los importes correspondientes a<br />
ingresos por ventas de Bienes de Uso ni otros ingresos de carácter<br />
extraordinario.<br />
Deberá acompañarse la siguiente documentación:<br />
i. Certificación de la Empresa Terminal Automotriz de la<br />
cual surja la condición de Concesionario Oficial.<br />
ii. Fecha de inicio y finalización del contrato que lo vincula<br />
con la Empresa Terminal Automotriz.<br />
La copia de la documentación precedentemente indicada<br />
deberá ser certificada por Escribano Público Nacional y la<br />
firma de éste legalizada por el Consejo Profesional de la<br />
Jurisdicción.<br />
SECRETARÍA <strong>DE</strong> LA PEQUEÑA Y MEDIANA<br />
EMPRESA<br />
Resolución Nº 77/2001<br />
PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA. Apruébase el Reglamento para el Nuevo Llamado a<br />
Presentación de Proyectos – Año 2001.<br />
(B.O. Nº 29.744 del 02/10/2001)<br />
Buenos Aires, 26/09/2001<br />
VISTO el Expediente Nº 1.047.045 del Registro de la Secretaria<br />
de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio<br />
de Trabajo, Empleo y Formación de Recursos Humanos, lo<br />
dispuesto en las Leyes Nros. 22.317, 25.237 y 25.401, los<br />
Decretos Nros. 819 de fecha 17 de julio de 1998, 434 de<br />
fecha 29 de abril de 1999 y 1.126 de fecha 31 de agosto de<br />
2001 y las Resoluciones Nros. 83 (S.P. y M.E.) de fecha 22<br />
de junio de 1999, 4 (S.P. y M.E.) de fecha 3 de abril de 2001,<br />
85 (S.P. y M.E.) de fecha 4 de julio 2001 y 76 (S.P. y M.E.)<br />
de fecha 25 de setiembre de 2001, y<br />
CONSI<strong>DE</strong>RANDO:<br />
Que mediante el Decreto Nº 1.126/2001 se transfiere la<br />
Secretaría de la Pequeña y Mediana Empresa del ámbito del<br />
Ministerio de Economía a la órbita del Ministerio de Trabajo,<br />
Empleo y Formación de Recursos Humanos.<br />
Que por la Ley Nº 22.317 se creó el Régimen de Crédito<br />
Fiscal destinado a la cancelación de tributos cuya percepción,<br />
aplicación y fiscalización corresponde a la Administración<br />
Federal de Ingresos Públicos, con el objetivo de incentivar<br />
la capacitación del personal de las pequeñas y medianas<br />
empresas.<br />
Que mediante el artículo 42 de la Ley Nº 25.237, se establece<br />
que el monto de crédito fiscal a que se refiere la Ley<br />
Nº 22.317, será administrado por la Secretaría de la Pequeña<br />
y Mediana Empresa.<br />
Que, asimismo, en virtud del primer párrafo del artículo 49<br />
de la Ley Nº 25.401 se fijó el cupo anual al que se refiere el<br />
artículo 3º de la Ley Nº 22.317 en la suma de doce millones<br />
de pesos ($ 12.000.000), estableciéndose que aquel monto<br />
será administrado en partes iguales y de manera independiente<br />
por el Ministerio de Educación y por la Secretaría de<br />
la Pequeña y Mediana Empresa.<br />
Que mediante el segundo párrafo del artículo 49 de la Ley<br />
Nº 25.401, se transfirió el saldo no utilizado al 31 de diciembre<br />
de 2000 para el presupuesto del año en curso, del cupo anual<br />
que fuera asignado a la Secretaría de la Pequeña y Mediana<br />
Empresa por el artículo 42 de la Ley Nº 25.237.<br />
Que por los Decretos Nros. 819/98 y 434/99, se reglamentó<br />
el Régimen de Crédito Fiscal y en virtud de la Resolución<br />
Nº 83/99 (S.E.P.y M.E.) se asignó a la Unidad de Coordinación<br />
del Régimen de Crédito Fiscal, la coordinación, ejecución,<br />
seguimiento y control del Sistema de Crédito Fiscal para las<br />
pequeñas y medianas empresas.<br />
Que mediante la Resolución Nº 4/2001 (S.E.P. y M.E.) se<br />
aprobó el Reglamento para el Llamado a Presentación de<br />
Proyectos–Año 2001.<br />
Que en este orden, la Resolución Nº 85/2001 (S.E.P. y M.E.)<br />
aprobó el Reglamento para la Ejecución de Proyectos–Año<br />
2001.<br />
Que a través de la Resolución Nº 76/2001 (S.E.P.y M.E.) se<br />
declara como remanente disponible para el año 2001 el<br />
monto del crédito aprobado y no ejecutado por las empresas<br />
beneficiarias de los proyectos aprobados bajo las Resoluciones<br />
Nros. 6/2001 (S.E.P.y M.E.)y 36/2001, que se hallan individualizadas<br />
en el Anexo I de la misma.<br />
Que dicho remanente asciende a la suma de pesos un millón<br />
trece mil trescientos sesenta y nueve con ochenta y tres<br />
centavos ($ 1.013.369,83).<br />
Que en consecuencia, corresponde otorgar el referido remanente<br />
a las empresas beneficiarias, mediante un nuevo llamado<br />
a presentación de proyectos para el corriente año en<br />
curso.<br />
Que la Dirección de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de<br />
la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Trabajo,<br />
Empleo y Formación de Recursos Humanos, ha tomado la<br />
APLICACION TRIBUTARIA / 141