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Sin tierras no hay Paraíso

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Santiago Bastos Amigo 189<br />

Mezcala” y otras localidades cercanas, dirigidos por un cura mestizo –Marcos<br />

Castella<strong>no</strong>s- y dos indios, u<strong>no</strong> del veci<strong>no</strong> Tlachichilco –Encarnación Rosas- y<br />

otro del mero Mezcala –José Santana- resistieron el cerco de las tropas realistas,<br />

que en cuatro años fueron incapaces de desalojarlos de la pequeña isla y de<br />

impedir sus continuos ataques a poblaciones ribereñas. El armisticio con que<br />

se saldó el cerco conllevó la restitución de propiedades, y seguramente tiene<br />

que ver con el mantenimiento de identidad indígena y las <strong>tierras</strong> comunitarias<br />

(Bastos, 2012).<br />

Este episodio ha sido objeto de estudios históricos (Pérez, 1953; Archer,<br />

1998; Ochoa, 1985; 2006; Castañeda, 2005) y recreaciones <strong>no</strong>veladas (Aguirre,<br />

1966; Navarro, 1999), y mantiene cierta presencia en la historia oficial,<br />

regional y estatal. Pero para los mezcalenses es fundamental, desde una visión<br />

evidentemente local: todos los años, el 25 de <strong>no</strong>viembre –fecha del armisticioes<br />

día feriado en el pueblo, <strong>hay</strong> representaciones escolares del episodio y los<br />

comuneros hacen actos especiales. Además de los héroes locales –encabezados<br />

por “el Indio” José Santana–, de ese momento histórico proviene una de las<br />

frases-mito de la identidad mezcalense: “que corra el sangre” y también un<br />

orgullo fundamental: “nunca <strong>no</strong>s vencieron”. Es decir, <strong>no</strong> se apropiaron de la<br />

Isla que era su territorio.<br />

La Titulación de las <strong>tierras</strong> comunales de Mezcala se hizo entonces para<br />

proteger con la legislación agraria postrevolucionaria el territorio que la comunidad<br />

había venido utilizando como propio desde la Colonia (More<strong>no</strong>,<br />

2012). A partir de este reco<strong>no</strong>cimiento oficial, la tierra de la comunidad de<br />

Mezcala fue manejada por una nueva institución, también de<strong>no</strong>minada “Comunidad<br />

de Mezcala”, pero con una nueva estructura dictada por la legislación<br />

agraria nacional (Rojas, 2007; Baitenmann, 2007). Se basaba en la figura de los<br />

“comuneros” como propietarios colectivos, que se reúnen periódicamente en<br />

una Asamblea y escogen cada tres años un Comisariado de Bienes Comunales<br />

dirigido por un Presidente.<br />

Los 406 comuneros “censados” que originalmente recibieron el “certificado”<br />

(More<strong>no</strong>, 2008) eran legalmente los “propietarios” de las 3,600 hectáreas,<br />

pero esta situación <strong>no</strong> afectó, como en otras comunidades (Baitenmann,<br />

2007), a la posibilidad del uso de las <strong>tierras</strong> reco<strong>no</strong>cidas: todos los mezcalenses<br />

las siguieron usando como propias. Los comuneros fueron los depositarios de<br />

la “titularidad” de la comunidad y “los guardianes del territorio” en medio de<br />

un entramado político cambiante y una pérdida progresiva de membresía por<br />

migración a Guadalajara y sobre todo a Estados Unidos de América (Pérez,<br />

2015). A lo largo de tres décadas los comuneros fueron emigrando y envejeciendo<br />

sin <strong>no</strong>mbrar formalmente herederos, algo relativamente <strong>no</strong>rmal en las

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