Descargar - Conocimiento Abierto - Flacso
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estrategias discursivas y parámetros simbólicos que estructuran el sentido de Jas prácticas y<br />
conductas. En oposición a una visión dogmática, la ley es un fenómeno caracterizado por el<br />
pluralismo, la indeterminación y la contingencia de las prácticas legales. (García Villegas<br />
2003) Este tipo de miradas sobre lo legal-institucional tiene la ventaja mostrar la<br />
complejidad y creatividad de los fenómenos legales en las esferas individual y colectiva,<br />
que antes eran vistas como elementos pasivos de regulación social. En definitiva, las leyes<br />
necesitan la consolidación de una cultura jurídica-legal que no sólo transforme la formación<br />
acerca de las posibilidades sobre cómo manejar la convivencia, sino que imponga nuevos<br />
parámetros interpretativos de manera que se modifique la visión tradicional que se tiene y<br />
se incorporen las posibilidades que la "nueva ley" prevé.<br />
Con este argumento otro grupo de legisladores se dedicó a señalar las debilidades de ia<br />
mediación y en este sentido decirle no. Esta posición planteaba la necesidad de un<br />
mecanismo que valorara la realidad a partir de la experiencia (por supuesto, ese mecanismo<br />
de prueba no era la mediación que se estaba discutiendo). Sólo entonces desde una<br />
experiencia previa, una prueba del sistema, se podría discutir un marco legal que<br />
correspondiera más a esa realidad que a los estudios teóricos típicos de las salas de<br />
comisiones o los libros de asesoramiento. La confianza no estaba depositada en la norma,<br />
sino en un proceso más práctico de uso y acostumbramiento. Porque el problema de hacer<br />
una ley de mediación era la falta de conocimiento de cómo iba a funcionar el esquema legal<br />
en el marco de la realidad social. Esta era la actitud que debía adquirir el Estado para que<br />
la mediación fuera finalmente exitosa. Con este argumento se asumía la existencia de una<br />
senda de pasos y caminos apropiados para que los cordobeses aceptaran la mediación como<br />
un medio pacífico de solución de sus conflictos: "la mejor de las ideas puede verse<br />
frustrada si nos equivocamos en el mecanismo de instrumentación, y del mismo dependerá<br />
el éxito o no que pueda tener la mediación en la provincia". 148<br />
Esta era una forma que<br />
reconocía los límites que las costumbres y los valores imponen a los proyectos legislativos<br />
de cambio.<br />
Diario de Sesiones de la Cámara de Senadores n° 35. Año 1997. pág 2357<br />
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