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Descargar - Conocimiento Abierto - Flacso

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existencia de la sociedad." Hoy todavía se escuchan argumentos como éste, que<br />

críticamente expresan las aberraciones que la mediación comete a! no aceptar que todo<br />

conflicto tiene necesariamente un trasfondo jurídico, y por ende, ni el mediador, ni la<br />

mediación pueden estar ajenos a esto. Por eso nc pueden si quiera imaginarse la existencia<br />

de una mediación no judicial. Desde esta posición muchos críticos postulan que en la<br />

mediación judicial el tribunal o juez de la causa se reserva el derecho de analizar la<br />

legalidad del acuerdo de la mediación -que estén compuestos los intereses de las partes, que<br />

no se violen garantías de orden público en el acuerdo-. Pero la mediación extrajudicial no<br />

garantiza este punto: "aunque un problema no haya llegado a tribunales las normas de<br />

orden público así como el interés jurídico de las partes necesitan realmente estar<br />

garantizados, y esto sólo podrían hacerlo quienes manejan los conceptos técnicos del<br />

derecho, o sea lo abogados". 169<br />

La ley finalmente resolvió por otro lado: no por el de la generalidad del derecho. En primer<br />

lugar, al habilitar a mediadores de profesión diferente a la abogacía otorgó al derecho un<br />

papel completamente secundario en la mediación. Pero más allá del texto legal, porque el<br />

criterio para llevar adelante la resolución de los conflictos no es el del derecho sino el de<br />

los sentimientos y la vida.<br />

No obstante el derecho se introduce de manera casi inevitable en la mediación, y ese lugar<br />

que ocupa es diferente según se trate de mediación judicial o no judicial.<br />

El derecho en la mediación judicial.<br />

La mediación judicial pretende no regirse por el derecho, ya vimos que' ella no imparte<br />

justicia. A esto se está refiriendo la ley cuando indica que la mediación aboga por la<br />

satisfactoria (y no justa) composición de intereses. Pero el alejamiento del derecho en la<br />

168<br />

169<br />

Diario de Sesiones de la Cámara de Senadores de la Provincia de Córdoba. N° 35. Tomo IV. Pág. 2358.<br />

Diario de Sesiones de la Cámara de Diputados. Ano 1997. Pág 783.<br />

170

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