Untitled - Defensor del Pueblo
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sitivista proclama que la heterogeneidad es imposible, entonces ¿cómo generar<br />
una identidad propia, una aplicación propia de los saberes occidentales, andinos,<br />
orientales y múltiples, mientras el mo<strong>del</strong>o positivista sigue vigente? La única<br />
posibilidad es la instauración de un nuevo paradigma llamado , que es el pensamiento de la interculturalidad, es decir,<br />
no se puede desechar, porque así venga la gana, el conocimiento occidental,<br />
lo que se debe hacer es iniciar un diálogo de interculturalidad, de tolerancia.<br />
Por lo pronto, se debe investigar para generar nuevos conocimientos y<br />
propuestas, para que el conocimiento occidental tradicional no corra el riesgo<br />
de ser tergiversado para fines de una minoría. La verdadera política en el caso<br />
de una justicia cultural es otra cosa. La sabiduría que conoce cuáles son las<br />
leyes que hay que dar a un pueblo y que discierne el modo y el momento<br />
adecuado para darlas, es la que caracteriza al verdadero político. Esta idea es<br />
gobernar, es un buen gobierno, pues ¡se administra justicia como se gobierna!.<br />
Ahora es necesario que el gobierno, que la política puedan entender y<br />
comprender los caracteres bolivianos, las buenas costumbres -no las malasy<br />
llevarlas a un grado de epísteme y de tendencia, a una cultura de valores. Por<br />
ello es fundamental el rescate de los valores en las culturas bolivianas y fundar<br />
los que sean necesarios para una realización armónica de convivencia pacífica,<br />
a partir de la educación. En este sentido, el rescate de los valores -tales como<br />
la libertad, la justicia- en las costumbres bolivianas, es el primer paso.. Ya que<br />
“El abogado de mala ley, el juez improbo, el sofista astuto, el político<br />
inconsecuente, etc. no son otra cosa que gente instruida, y a veces muy bien<br />
instruida, pero sin costumbres” (Tamayo, 1994: 12). Las costumbres son aquello<br />
que forman el alma boliviana, las costumbres “no son otra cosa que el régimen<br />
de la voluntad, la educación el desarrollo, y en su caso, la creación de la<br />
voluntad” (Tamayo, 1994: 12). Es necesario, entonces, crear un sistema jurídico<br />
nuestro, medido a las fuerzas bolivianas, de acuerdo a nuestras costumbres,<br />
conforme a nuestras naturales condiciones morales.<br />
Nunca debe creerse que hay métodos absolutos, en el método <strong>del</strong> Commun<br />
Law se busca la justicia de manera muy distinta que en el método<br />
20 Common Law o derecho de costumbres. La metodología <strong>del</strong> Common Lawse refiere al retorno a la tradición, a la costumbre, a<br />
la noción cultural de Justicia. El Juez debe interpretar la costumbre para aplicarla al caso concreto.<br />
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